El concepto de ultraactividad se está aplicando desde hace algunos años en el aspecto de la relación de la empresa con sus trabajadores. Como gestoría para empresas en Sevilla sabemos que la definición de este concepto es el periodo de prórroga automática de los convenios mientras se negocia un nuevo convenio entre empresas y trabajadores.
Este concepto de ultraactividad se encuentra regulado en el Estatuto de los Trabajadores, el cual mantiene siempre una regulación constante sobre los convenios. El artículo en el que la ultraactividad queda regulada es el 86.3 y reza así:









