Todo lo que debes saber sobre la excedencia para el cuidado de familiares
En nuestra asesoría laboral en Sevilla nos hemos encontrado en numerosas ocasiones casos en el que un trabajador solicita a su empresa una excedencia para cuidar de un familiar. Por ello, hoy hablaremos largo y tendido sobre todo lo que debes saber en este tipo de situaciones.
Lo primero que nos gustaría explicar es de forma directa el concepto de excedencia, para así poder hablar con fundamento y entendimiento a lo largo del artículo que hoy vamos a redactar en el blog de nuestra asesoría laboral en Sevilla.
Una excedencia es la posibilidad que posee una persona de dejar de prestar servicio a su compañía durante un determinado periodo de tiempo, manteniendo mientras vigente su contrato de trabajo. Como asesoría laboral en Sevilla hemos tramitado un gran número de excedencias, y conocemos de forma cercana los diferentes tipos que existen:
- La excedencia forzosa.
- Excedencia voluntaria.
- Excedencia para el cuidado de hijos.
- La excedencia para el cuidado de familiares.
Es en esta última en la que nos centraremos hoy, la cual se rige y regula en el artículo 45 y ss del Estatuto de Trabajadores.
¿Cuáles son las condiciones necesarias para solicitar la excedencia para cuidar de un familiar?
Para solicitar este tipo de excedencia será necesario cumplir con una serie de requisitos:
- Debes de demostrar que el familiar por el solicitas la excendencia no puede valerse por si mismo.
- El grado de relación con este familiar debe ser de al menos un segundo grado de consanguinidad.
- El familiar a cuidar no puede realizar ninguna actividad retribuida.
Antes de recibir la consulta primaria sobre los grados de consanguinidad, en nuestra asesoría laboral en Sevilla somos directos y explicativos, el primer grado corresponde a hijos y padres y el segundo grado a abuelos, hermanos y nietos.
¿Cómo pedir la solicitud para la excedencia por cuidado de familiares?
Esta solicitud deberá realizarse a través de un escrito formal en el que nuestra asesoría laboral en Sevilla puede ayudarte para redactar y mostrar el inicio y la fecha final del mismo preavisando con 15 días.
La excedencia comenzará desde el mismo momento en el que la empresa acepte la propuesta del trabajador. En el caso de ser denegada, el propio trabajador podría emprender acciones legales. Es interesante en este tipo de casos consultar los convenios colectivos, ya que pueden establecerse periodos de excedencias o periodos de reincorporación ya debatidos previamente.
¿Qué efectos puede tener esta solicitud en mi vida laboral?
Esta decisión obviamente tendrá una repercusión laboral y estas son algunas de las consecuencias:
- Derecho de asistencia a cursos de formación profesional
- Derecho de reserva en su propio puesto de trabajo
- Pausa de la obligación de cotización del trabajador en este periodo
- Pausa de la obligación de cotización por parte del empresario
- La persona no tendrá derecho a prestaciones por desempleo
¿Cuánto puede durar?
El periodo puede ser amplio por lo que a partir del primer año el trabajador pierde el derecho de reserva de su puesto de trabajo, pero mantiene esa reserva en un puesto de la misma categoría. Además, existen excepciones específicas para casos como familias numerosas.
Como asesoría laboral en Sevilla estamos al tanto de todas estas acciones que rodean el entorno empresarial, si necesitas saber más, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
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