Desde el 15 de septiembre de 2026, los operadores deben bloquear los SMS, MMS y mensajes RCS enviados con un nombre comercial que no esté inscrito en el Registro de Alias de la CNMC. También pueden bloquearse si el proveedor utilizado por la empresa no figura como autorizado.
Esto no impide enviar mensajes desde un número convencional, pero sí puede provocar que dejen de llegar aquellos que muestran el nombre de tu negocio como remitente. Si utilizas este canal para comunicarte con tus clientes, conviene revisarlo cuanto antes con una asesoría para empresas en Sevilla.









