Como gestoría para autónomos en Sevilla, nos vemos en la obligación de responder a la pregunta que hoy titula nuestro artículo. ¿Están los autónomos en la obligación de cotizar aun estando de baja? La respuesta es como tantas que hemos dado en nuestros artículos: Sí, pero…
El pero que prosigue al sí inicial es el de que esa cotización debe seguir activa, pero únicamente por los dos primeros meses de la baja. Una vez han transcurrido los primeros 60 días de baja, el autónomo en cuestión queda exonerado de abonar su cuota mensual, siendo la mutua colaboradora con la Seguridad Social, la encargada de abonar este pago por todas las contingencias.