Un empleado que se va no cumple con los plazos de preaviso, ¿qué ocurre? 🤷🏾♂️
En nuestra asesoría laboral en Sevilla estamos de forma constante encontrándonos con casos personalizados en diferentes empresas. Hoy vamos a tratar uno que de forma reciente se nos ha ido presentando en ocasiones continuas. Y es el caso de que un empleado comunique su baja voluntaria sin haber cumplido con el plazo de preaviso.
En nuestra asesoría laboral en Sevilla tenemos claro que todos los empleados pueden romper su relación profesional con su empresa de forma unilateral, pero es importante que esto se realice con la antelación previamente estipulada en el convenio colectivo o a través de las costumbres del lugar de trabajo.
¡Atención! Es muy importante saber que si se incumple el plazo de preaviso, la empresa tiene la potestad de exigir una indemnización que, en general, es de un día de salario por cada día que haya faltado de preaviso, aunque será importante revisar el convenido de forma personalizada en cada caso. Por ejemplo, si nos basamos en el convenio de enseñanza y formación no reglada, este descuento es de dos días de salario por cada día de retraso en el preaviso hasta un máximo de 30 días.
Por ejemplo, si un empleado comunica su intención de abandonar su puesto de trabajo con cinco días de antelación y su convenio destaca que debe cumplirse un plazo de 15 días y el salario del trabajador es de 2.000€ brutos más dos pagas extras del mismo importe, las cuentas serían estas:
Concepto | Euros |
Salario mensual (2.000) + parte proporcional pagas extras (4.000/12) | 2.333,33€ |
Salario diario (2.333,33/30) | 77,77€ |
Descuento por falta de preaviso (10 × 77,77) | 777,77€ |
Y en el caso de que el tiempo sea superior, se abren diferentes posibilidades para organizar esa indemnización, nuestra recomendación principal siempre será la de consultar con expertos como los de nuestra asesoría laboral en Sevilla y así actuar con términos legales de la máxima seguridad.
La situación puede darse en el caso de que un trabajador comunique su decisión de abandonar la empresa en los primeros días del mes, con todas sus pagas cobradas y con las vacaciones ya disfrutadas. En ese caso, es posible que la liquidación de los días no cubra el total de la indemnización. En este caso, la empresa puede aplicar parte de ese pago en el finiquito y exigir al trabajador el reintegro de esa parte que no había quedado compensada. Aún así, entendemos que si el trabajador se niega a proceder con este sistema, el siguiente paso es abrir una reclamación por la vía legal ante los tribunales.
La indemnización por falta de preaviso funciona de forma directa como un anticipo, es decir, tendrá la posibilidad de descontarse del líquido del finiquito. Este descuento no hará que la base de cotización a la Seguridad Social ni la retención por IRPF se vean reducidas.
Como asesoría laboral en Sevilla, por tanto, siempre recordamos a nuestras empresas clientes que ante la baja voluntaria de un trabajador, revisen los días de preaviso estipulados por el convenio, ya que el descuento se aplicará en función de lo que este destaque en el documento.
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