Estos son los recargos por retrasos en presentación de impuestos 💰❌
Si en algún aspecto es inflexible Hacienda es en el del cumplimiento de plazos. No podemos organizar una escapatoria, ya que no existe, por ello, desde nuestra gestoría para autónomos en Sevilla queremos dejar claro siempre que lo mejor es seguir sus reglas y así no entrar en problemáticas como de la que vamos a hablar hoy.
Si se te ha olvidado presentar algún impuesto, hoy hablaremos de los recargos por retraso en estos casos. Aunque el retraso sea de un minuto, Hacienda te impondrá un recargo por presentar fuera de plazo, sea cual sea el impuesto.
Sea el modelo 130, sea el IVA, o incluso la Declaración de la Renta. Todos cuentan con recargos por presentar fuera de plazo. Por ello, si no eres cliente de nuestra gestoría para autónomos en Sevilla deberás tener una preocupación extra en estos casos en el momento en el que se te pueda pasar una fecha de entrega. Cumplir con los plazos y tenerlo todo bien atado antes de que lleguen las fechas finales es una de las claves de la tranquilidad de nuestros clientes.
En nuestra gestoría para autónomos en Sevilla contamos con una gran ventaja, y es que nos conocemos de memoria las reglas y ‘mandamientos’ de Hacienda, por ello, sabemos tanto esquivar sus trabas como aprovechar todos los beneficios que puede llegar a ofrecer a este mundo tan complicado de los trabajadores por cuenta propia.
Recargos de Hacienda por presentar fuera de plazo los impuestos
Para comenzar debemos destacar que nos encontraríamos ante dos supuestos en los que los recargos podrían variar. En primer lugar, es en el caso de que te adelantes al requerimiento de Hacienda o después de que se den cuenta y lo reclamen, y en segundo lugar si las declaraciones son a pagar, con resultado cero o informativas.
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Recargos si presentas tú mism@ sin requerimiento previo.
Si te pasas en la presentación dentro de los 12 meses de la fecha oficial, presentar y pagar ese impuestos llevará un recargo del 1% del importe que te salga a pagar, más un 1% adicional por cada mes completo que haya pasado, sin intereses de demora ni sanción.
En el caso de que pasen más de 12 meses después del plazo oficial, el recargo será de un 15% y aquí si se aplicarían intereses de demora.
Una información a tener en cuenta es que tendrás un 25% de descuento en el recargo si se paga en período voluntario, esto es cuando recibes la notificación informándote del mismo con la propia carta de pago.
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Recargos si presentas con el requerimiento de Hacienda.
La sanción podrá variar según el perjuicio que se haya generado, pero el recargo podrá variar entre un +50% y un +150%.
Nos encontramos ante una situación que puede ser límite para muchos trabajadores autónomos y que puede ser definitiva. Por ello desde nuestra gestoría para autónomos en Sevilla siempre recomendamos adelantarnos al requerimiento. Intentar reducir los cargos y sanciones siempre será una buena decisión en este tipo de casos.
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