Cómo actúo (legalmente) si mi inquilino no me paga el alquiler
Las acciones legales son una de las rutinas diarias que realizamos en nuestra gestoría en Sevilla, hoy hablaremos de algo mucho más común de lo que pensamos, los impagos de alquileres.
Si eres un dueño de una vivienda y tienes arrendado a un inquilino que no te está pagando ni luz, ni agua, ni el mismo alquiler, ésta entrada te interesa. Aprende a realizar acciones legales para conseguir lo que te pertenece.
IMPORTANTE: NO HAGAS ESTO, CAER EN LA IRRACIONALIDAD PUEDE TENER CONSECUENCIAS NEGATIVAS PARA EL ARRENDATARIO.
Recalcamos este punto por la simple razón de anteponer la legalidad en las acciones. Dejarse llevar por la euforia puede traer malas consecuencias para el que, en un principio, es el perjudicado. Acciones como cambiar la cerradura, cortar la luz, amenazar…etc, puede ser una mala idea. Los inquilinos de este estilo suelen conocer mucho sus derechos. Por tanto, mejor no hacer cosas a la ligera que se puedan volver en tu contra. Fíate de los consejos y de la experiencia de nuestra gestoría en Sevilla en este aspecto.
CÓMO ACTUAR RACIONALMENTE EN ESTOS CASOS
Lo primero de todo es eso, actuar de forma racional, desde nuestra gestoría en Sevilla siempre defenderemos el diálogo como mejor arma. Si intentar llegar a una solución amistosa no funciona, emprenderemos otras acciones.
Una solución interesante y que puede prevenirte de muchos problemas es ser más meticuloso a la hora de saber a quién le estás alquilando tu vivienda. Analizar sus anteriores alquileres y que no tenga deudas será una gran garantía de pagos. Si ya es tarde, nuestra gestoría en Sevilla puede ayudarte a coger el camino de la vía legal.
LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS: NUESTRA BIBLIA
Saber apoyar nuestro trabajo en los textos que lo avalan siempre ha reforzado la experiencia de nuestra gestoría en Sevilla. En este caso, la Ley de Arrendamientos Urbanos es el documento sobre el que podemos basar todo nuestro proceso:
- El primer paso es enviar un aviso al inquilino mediante un burofax. Aquí se establecerá un plazo razonable para que el pago se lleve a cabo antes de emprender acciones legales.
- Si el plazo pasa sin pago. Nuestra gestoría en Sevilla comenzará a tomar la vía judicial. En estos casos, solo quedaría la excepción de que en el mismo contrato de arrendamiento existiese una cláusula que lo impidiese.
- Una vez demandado, el propio juzgado notificará en la vivienda el procedimiento y la fecha.
- El procedimiento judicial da a su fin en el mismo momento en el que el inquilino abandona el lugar de residencia. Si existen antecedentes de impagos, o el tiempo tras la recepción del burofax ha excedido el plazo en otras ocasiones se podrá proceder a un abandono obligatorio. Ya que tras el pago, exceptuando estos casos, puede permanecer en la vivienda si el dueño lo permite.
- En muchos casos, el desalojo del inquilino es lo primero que se consigue. Siendo el abono de la deuda lo más difícil de recuperar. En nuestra gestoría en Sevilla procederíamos a estudios de patrimonio y posibles embargos para así cubrir la deuda.
SER PREVISOR: LA MEJOR SOLUCIÓN
Insistimos desde nuestra gestoría en Sevilla que siempre será mejor prevenir que curar. Exigir un aval bancario previo al alquiler puede ser también una solución interesante para evitar sobresaltos.
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