La guía (burocrática) definitiva para los padres y madres recientes
Los días posteriores al nacimiento o adopción de un niño están llenos de ‘papeleo’. Desde nuestra gestoría en Sevilla te ayudamos a resolverlo con una guía práctica y sencilla.
Desde Servicios Centralizados sabemos que es una preocupación más a la hora de ser padres, y sobre todo si son primerizos, por ello ayudamos desde un inicio a este sector para que no existan agobios ni problemas.
El número de trámites a realizar tras un alumbramiento o adopción asciende hasta seis. Es por ello que la Seguridad Social ha facilitado los procesos. Actualmente los trámites como el alta en la asistencia sanitaria, o la solicitud de prestaciones de maternidad serán más fáciles. Las nuevas tecnologías se aprovechan, y todo podrá solicitarse desde casa y en el portal de TU SEGURIDAD SOCIAL.
Los seis trámites que se deben realizar están relacionados con, el Registro Civil, el contacto con la Empresa, con la Seguridad Social, al Centro de Salud, el Empadronamiento y la Ayuda de 100 euros. Pasamos a desgranar la guía que elaboramos desde nuestra gestoría en Sevilla:
Registro Civil: Es el primer trámite al salir del hospital tras el parto o tras recibir a nuestro hijo adoptado. Se debe ir al Registro Civil con el DNI de los padres. En el caso de que se esté casado (solo haría falta que acudiese uno de los miembros del matrimonio) o haya otro hijo, también se debe aportar el Libro de Familia. El parte médico del alumbramiento también será necesario. Este trámite debe realizarse antes de los primeros 8 días de vida del niño.
Empresa: Si se da el caso de que exista una madre trabajadora, esta deberá acudir a su empresa con el informe de maternidad. Si en las semanas previas al parto se ha estado de baja, también se deberá aportar el informe de alta. La empresa deberá, por su parte, facilitar a su trabajadora el documento que debe aportar para recibir la prestación por maternidad.
Las nuevas tecnologías se aprovechan, y todo podrá solicitarse desde casa y en el portal de TU SEGURIDAD SOCIAL.
Seguridad Social: Tras haber cumplido los dos primeros pasos, tendremos la obligación de acudir a un Centro de Atención de la Seguridad Social (CAISS) para dar de alta al neonato y obtener su cartilla de la SS. El portal de TU SEGURIDAD SOCIAL ha facilitado mucho este trámite.
Centro de Salud: Una vez inscrito el niño, se debe acudir al Centro de Salud correspondiente para poder tramitar su tarjeta sanitaria, además se deberán entregar los documentos que te preparan en tu anterior visita al CAISS, el empadronamiento (realizado en el Registro Civil), y los documentos identificativos de los padres.
Ayuda económica: No es obligatorio, pero desde nuestra gestoría en Sevilla te ayudamos a recordarlo. Es una ayuda que realiza la Agencia Tributaria de 100 euros mensuales a las madres trabajadoras de niños menores de 3 años. El único requisito es que trabaje y esté dada de alta en la Seguridad Social.
Desde Servicios Centralizados, tu gestoría en Sevilla, confiamos en que aproveches esta guía, y si necesitas cualquier ayuda, no dudes en consultarnos, estamos a tu plena disposición.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!