¿Cómo actuar ante la solicitud de una hoja de reclamaciones? 📄
Comenzamos destacando que para muchas empresas esta situación siempre se convierte en algo incómodo, pero es cierto que pedir la hoja de reclamaciones es algo natural y un derecho del consumidor. Sin embargo, como asesoría legal en Sevilla, sabemos que en muchos casos no se sabe reaccionar o actuar en el momento en el que un cliente pide este documento.
En el artículo de hoy, hablaremos sobre qué es este documento y qué negocios o empresa cuentan con la obligación de tenerlo disponible cuando un cliente insatisfecho decide solicitarlo y hacer uso del mismo.
Como primer apunte nos gustaría destacar que el concepto de la hoja de reclamaciones lleva mucho tiempo asociado a los negocios tradicionales con representación física, pero como asesoría legal en Sevilla queremos recordar que este apartado también existe en el mundo online y hay que tenerlo muy en cuenta. La norma general siempre detalla que todo negocio que trate con un público cliente de forma directa, sea online o físico, debe disponer de una hoja de reclamaciones.
¿Qué es una hoja de reclamaciones?
La hoja de reclamaciones es un documento oficial en el que un cliente explica y detalla los motivos de su queja con un negocio, qué es lo que solicita y la fecha en la que se data esa reclamación. El documento contará con tres copias, una para cada una de las partes implicadas y una para la administración.
Tras cumplimentar la hoja, el negocio deberá sellar y firmar este documento, dejando constancia de su recibimiento. Desde ese momento, la empresa cuenta con 10 días para contestar a la solicitud del cliente descontento. Ante esta situación de respuesta, el negocio implicado puede aportar pruebas que demuestren su ‘inocencia’, propones una solución ante el problema, o simplemente no actuar.
Si el cliente no recibe respuesta en este plazo de 10 días, puede presentar su copia de la hoja en la Oficina de Información al Consumidor. A partir de aquí se iniciará un proceso en el que se establecerá comunicación con la empresa para buscar una solución.
¿Qué empresas tienen la obligación de tener una hoja de reclamaciones?
Como asesoría legal en Sevilla recordamos que todas aquellas empresas que cuentan con atención al público, están obligadas a tener hojas de reclamaciones, ya que estas reclamaciones se presentan ante los diferentes colegios profesionales. Ejemplo de ello serían los abogados, médicos o notarios, entre otras profesiones.
Si una empresa no la tiene, se expone a multas de hasta 5.000€. Esta suma puede variar según la comunidad autónoma en la que nos encontremos.
Si necesitas ayuda con el cumplimiento de las leyes en tu negocio, no dudes en contar con los servicios de nuestra asesoría legal en Sevilla, entendemos que en muchos casos, las infracciones son por simple desconocimiento, por lo que contar con un equipo cualificado desde el inicio de tu negocio te ayudará a resolver los problemas antes de que surjan en el día a día.
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