Casos de tributación de criptomonedas para la Declaración de 2021 🤖💶
Este artículo posiblemente sea uno de los más recurrentes en la situación económica en la que nos encontramos actualmente. Las criptomonedas dan que hablar, es algo evidente, y hoy día raro es el medio que no ha hecho mención a esta nueva corriente monetaria que sobre todo está teniendo un gran éxito entre los más jóvenes.
Por ello, hoy, como asesoría fiscal en Sevilla queremos dejar claros algunos conceptos que Hacienda va a tener muy en cuenta para este año en su Declaración de la Renta 2021.
Hoy vamos a analizar las dudas y casos más comunes dentro de la tributación de criptomonedas para así resolver de forma directa muchas dudas, entendemos que en muchos de los casos surgirán más dudas, por lo que recordamos que estamos disponibles en nuestras diferentes plataformas de contacto para concertar una cita y ofrecer un trato personalizado. Hablaremos de estos casos de forma particular:
- NFT’S
- Minado de criptomoneda
- Aportar liquidez a un exchange descentralizado (liquidity pool)
- Compra-venta de criptomoneda
- Permuta o Swap de criptomoneda
- Farming de criptomoneda
- Stacking de criptomoneda
NFT’S
En este tipo de casos, nuestra asesoría fiscal en Sevilla ya cuenta con experiencia a pesar de ser una temática relativamente reciente, por ello, a la hora de preparar tu Declaración de la Renta, con un NFT en posesión, compra o venta, se deberá considerar si es:
- Artista: Constará como un rendimiento de actividad económica
- Persona física: Constará como ganancia o pérdida patrimonial, la cual se integra en la Base del Ahorro.
Minado de criptomoneda
El minado de criptomoneda en la Declaración de la Renta está considerado una actividad económica, por ello, será preciso realizar el alta censal del inicio de esta actividad. Además, con ello, deberá estar dado de alta en el RETA.
Aportar liquidez a un exchange descentralizado (liquidity pool)
Este sistema NO tributa en el caso de que se establezca el mero hecho de aportar liquidez, ya que constará como una transferencia de los token de nuestra Wallet a la pool correspondiente. Por otra parte, la recepción de estos TOKEN LP tampoco tributarán, ya que no es un ingreso sino un comprobante o resguardo.
Compra-venta de criptomoneda
En nuestra asesoría fiscal en Sevilla tenemos la constancia de que en el momento en el que un contribuyente convierte una criptomoneda en € se produce una alteración en la composición del patrimonio que genera ganancia o pérdida patrimonial. Por ello debe integrarse en la Base Imponible del Ahorro.
La imputación corresponderá al período impositivo en el que tenga lugar la alteración patrimonial.
Permuta o Swap de criptomoneda
En el momento en el que un contribuyente hace un cambio entre una criptomoneda y otra, se produce lo que previamente ya hemos comentado, una alteración en la composición de su patrimonio, por lo que ese cambio que genere una pérdida o ganancia se debe integrar en la Base Imponible del Ahorro.
Farming de criptomoneda
El Farming de criptomonedas es una práctica que hace que los Token LP de la liquidity pool se siembren como si fuesen semillas para cosechar rendimientos. En este caso se debería hacer un estudio personalizado ya que depende de algunos criterios, pero nos encontramos de nuevo que la opción más lógica sea la de integrarlo en la Base Imponible del Ahorro.
Stacking de criptomoneda
En este caso nos encontramos con una situación igual a la del caso de la recompensa por aportar liquidez a una liquidity pool o farming, por lo que su constancia como una cesión de capital a terceros constaría como una integración en la Base del Ahorro.
En nuestra asesoría fiscal en Sevilla siempre podrás encontrar ese lugar en el que confiar y solucionar tus dudas. ¡Te esperamos!
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!