Los riesgos de cotizar por la mínima. ¡Cuidado autónomos!
Tras mostraros las novedades que traerá consigo la nueva ley de autónomos también queremos mostrar otra cara de la moneda. Desde nuestra gestoría en Sevilla nos gusta informar de todas las aristas de una misma temática. Por ello os mostramos los riesgos de cotizar por la mínima.
Es cierto que la gran mayoría de los autónomos cotiza por la base mínima, por ello esta información va sobre todo centrada a este sector. Además nos centramos en un sector aún más acotado, los que se encuentran entre apartados relacionados con la viudedad, orfandad, incapacidad o invalidez y en los casos de jubilación.
Como gestoría en Sevilla de confianza, nos gusta ser sinceros con nuestros propios clientes. Adornar una información puede volverse en tu contra en todos los aspectos de la vida, por ello, Servicios Centralizados muestra las cosa tal y como son. Una vez se conoce el caso, se aborda con la mayor profesionalidad posible y se intenta conseguir la mejor posición para el afectado.
Comenzamos a analizar los casos de incapacidad e invalidez. En este ámbito hay que reconocer que la falta de ingresos puede suponer un acuciamiento de las malas condiciones generadas por el problema inherente. Por ello, los afectados de este grupo deben calcular su situación en función del 60% de la base desde el día 4 al 20 del primer mes y del 75% sobre la base a partir del día 21 (Incapacidad temporal). Y en función del 55% de la base de cotización en caso de incapacidad permanente total.
Estar afectado por una incapacidad temporal puede suponer una rebaja muy importante de ingresos. Según los cálculos de nuestra gestoría en Sevilla las cifras se pueden reducir hasta en un 90%, mientras que si la incapacidad es permanente calculamos que estos ingresos no llegan a un 50% del salario real.
Estar afectado por una incapacidad temporal puede suponer una rebaja muy importante de ingresos. Según los cálculos de nuestra gestoría en Sevilla las cifras se pueden reducir hasta en un 90%.
A su vez, la viudedad y la orfandad también son casos en los que la cotización mínima llega a presentar límites. Por ello, como gestoría en Sevilla informamos que en caso de fallecimiento de un trabajador por cuenta propia se recibirá una cuantía en base a un 52%, por lo que muchas familias se encuentran de repente en una situación muy difícil. Obviando el mal trago de la pérdida de un ser querido, de forma instantánea la economía se reducirá drásticamente.
El riesgo final tiene que ver con la jubilación de los trabajadores por cuenta propia. Como gestoría en Sevilla que permanece al tanto del estado de las arcas actuales, nos tememos lo peor. Muchos autónomos podrán llegar a la edad de jubilación y no poder retribuir por una cantidad que esté por encima de lo necesario. El sistema público de pensiones puede llegar a no abordarlo.
Desde nuestra gestoría en Sevilla nos ofrecemos a encargarnos de todo este tipo de aristas, conócenos y te darás cuenta por qué nos hemos convertido en referentes para los autónomos en Sevilla. Cuidamos de nuestra ‘familia’, crecer juntos es un objetivo principal.
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