¿Cómo funciona el IVA en las tiendas online?
Como asesoría en Sevilla especializada en la gestión de empresas online tenemos que tener muy en cuenta este tema. El ecommerce ya está más que asentado, pero su funcionamiento fiscal tiene muchas aristas que la mayoría desconocen. ¿Cómo emito las facturas de mi empresa? ¡Aprende con nosotros y confía en expertos!
Sabemos que los comienzos nunca son fáciles, por lo que saber contar con una asesoría en Sevilla especializada en la gestión de empresas online puede servirte para apoyarte en una ‘muleta’ de garantías. Abrir un comercio que ofrezca servicios online requiere muchos puntos que quizá puede que se te escapen. Desde la misma inversión inicial hasta las empresas con las que consigas realizar tu página web.
Por ello, para los que estáis comenzando en el mundo de los comercios online, nuestra asesoría en Sevilla especializada en la gestión de empresas online ha preparado este artículo. Os vamos a explicar cómo aplicar el IVA en la facturación de las tiendas y comercios online. Sobre todo, podrás encontrarte con problemas si tu empresa tiene una visión más allá del territorio nacional. Ya que puedes encontrarte con diferentes tipos de IVA aplicables en según que territorios.
En los países de la UE podemos encontrar tres tipos de IVA aplicables a tus facturas, el estándar, el reducido y el superreducido, si necesitas saber más acerca de esta temática no dudes en consultarnos, somos expertos en la materia.
Una vez asumas el lugar en el que se realiza la operación de compra venta del producto, te puedes encontrar varias situaciones que pasamos a analizar:
Si tu ecommerce tiene sede en España y se vende en territorio fiscal nacional: Teniendo que cumplir con la fiscalidad española, siempre que emitas facturas dentro del país, deberás añadir el IVA (Según el tipo de producto) a todo el territorio fiscal nacional, es decir, península y Baleares. El IVA general en España es del 21%, el reducido del 10% y el superreducido de un 4%.
Si tu producto debe salir de las fronteras: Una vez el producto se excede del territorio fiscal español pasa a contar como un producto exportado, así quedaría exento de IVA, hablamos de una exportación dentro del mismo país, ya que nos referimos a Ceuta, Melilla y las Islas Canarias.
Si tu producto va a un comprador particular de un país de la UE: En estos casos, si hablamos de un producto físico se aplicaría el IVA correspondiente a la categoría del producto. Sin embargo, si hablamos de un servicio, el IVA aplicable correspondería al del tipo estipulado en su país.
Si el que compra es una empresa residente en la UE: En esta situación no tienes porqué facturar el IVA, ya que hablamos de una transacción dentro de la comunidad y será la empresa compradora la encargada de liquidar sus propios impuestos. Existe alguna arista más en estas operaciones, por lo que recomendamos contar con expertos como los de nuestra asesoría en Sevilla especializada en la gestión de empresas online.
No olvides nunca saber apoyarte en expertos para este tipo de operaciones.
Buenas. Quería hacerles una consulta sobre la nueva ley del IVA para ventas en la unión europea.
Por lo visto hay que cobrar IVA según el país europeo (una vez supere el umbral de los 10.000€), pero no veo ningún comercio electrónico que haya hecho cambios al respecto y se les sigue cobrando a todos los europeos el mismo IVA, ¿cómo es posible?. Me gustaría dejar los precios de mis productos como siempre porque es un quebradero de cabeza cambiar según país europeo y veo que de todas maneras nadie los cambia, ¿es posible de forma legal? ¿tal vez este cambio no es obligatorio?
Muchísimas gracias,
Buenas tardes,
Tal y como dice la normativa es de obligado cumplimiento desde el 1 de julio de 2021. De forma resumida si sus ventas a clientes particulares de la Unión Europea superan los 10.000 euros, deberá ingresar el IVA de sus ventas en cada país a través de la mini ventanilla única.
Si está interesada en contratar nuestros servicios podemos concertar una cita y hablarlo todo tranquilamente.
Saludos