Gestión de subsidio para cuidado de menor con enfermedad grave ✍🏼
Como gestoría en Sevilla nos encargamos de la gestión, solicitud y todo el proceso que requieren las Ayudas Públicas. En el caso en particular de hoy trataremos de explicar todo lo necesario sobre el Subsidio para el cuidado de menores con enfermedad grave, comúnmente conocido como CUME.
En este artículo queremos dejar claro todo lo que necesitas saber sobre el CUME, en la actualidad este subsidio requiere unas exigencias muy claras como por ejemplo las condiciones crónicas o la prematuridad. ¡Atent@s!
¿Qué es el CUME?
Las siglas hablan de una prestación por el Cuidado de Menores con Enfermedad grave. En sus inicios esta ayuda se crea para las familias de pequeños hospitalizados con Cáncer, aun así, con el tiempo, esto se ha ido extendiendo y abriendo el abanico a familias con niños que tengan enfermedades que requieran de un cuidado intensivo por parte de sus familias.
El objetivo principal del CUME es paliar la falta de ingresos que genera esta necesidad de cuidado obligando a reducir jornadas laborales ayudando económicamente a familias que se encuentren en esta situación.
¿Cuándo solicito el CUME?
Desde el primer momento en el que la reducción de jornada laboral se aplica por este motivo, ya se encuentra en disposición de solicitar este subsidio. Desde ese momento hay 3 meses de margen para realizar la solicitud.
¿Cuánto tiempo dura el CUME?
Las renovaciones de esta prestación se pueden realizar de forma periódica mientras los requisitos se cumplan y hasta que el niño cumpla la mayoría de edad.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el CUME?
En este caso debemos diferenciar entre los requisitos que debe cumplir el menor y los que debe cumplir el beneficiario:
REQUISITOS DEL MENOR DE 18 AÑOS
- Tener alguna enfermedad o condición que requiera ingreso hospitalario de larga duración incluida en el listado de la Seguridad Social.
o bien
- Que precisen continuar con el tratamiento médico en el domicilio tras el diagnóstico y la hospitalización.
REQUISITOS DEL BENEFICIARIO DEL CUME
Va dirigido a padres, madres o acogedores que:
- estén trabajando por cuenta ajena (empleados) o propia (autónomos).
- reduzcan su jornada de trabajo al menos en un 50 % de su duración, para el cuidado del menor.
- estén afiliados y en alta en algún régimen público de la Seguridad Social o Mutualidad de Previsión Social establecida por el correspondiente colegio profesional.
- En el caso de existir 2 progenitores, ambos deben estar trabajando para que uno de ellos pueda solicitar el CUME.
- Los progenitores, adoptantes o acogedores, dentro de cada unidad familiar, deben tener el período de cotización exigido:
- Menores de 21 años: no se exige periodo mínimo de cotización
- Cumplidos 21 años y menores de 26: 90 días cotizados dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio del subsidio o, alternativamente, 180 días cotizados a lo largo de la vida laboral.
- Mayores de 26 años: 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
- Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
¿Cómo solicitar el CUME?
En ese caso le recomendamos contactar de forma directa con nuestro equipo de asesoría laboral, en nuestra gestoría en Sevilla tenemos contacto directo con las diferentes mutualidades encargadas de valorar el proceso de solicitud y recopilación de documentos necesarios.
Si necesitas más ayuda o información sobre esta temática no dudes en contactar con nosotros sin compromiso, estamos para ayudarte a conseguir ese objetivo lo más pronto posible y empatizamos con tu situación desde el primer minuto.
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