Diferencia entre facturas normales y simplificadas ⌨️
Como gestoría para autónomos en Sevilla estamos muy pendientes de forma constante de la facturación de nuestros clientes. Estamos ante profesionales que deben emitir este tipo de documentos todas y cada una de las veces que presten un servicio o comercialicen con sus bienes.
Los autónomos están obligados a facturar todos sus productos y servicios, por ello, hoy desde nuestra gestoría para autónomos en Sevilla, queremos hacer especial hincapié en las formas de facturación, ya que existe desconocimiento al respecto. Hoy nos centraremos en las diferencias entre la factura normal y la simplificada.
Entre las facturas más conocidas por parte de los trabajadores autónomos están la normal y la simplificada. La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa se ha encargado recientemente de explicar las diferencias entre ambas. En nuestra gestoría para autónomos en Sevilla también queremos resaltar estos puntos.
Factura normal para autónomos en Sevilla
Un empresario autónomo individual está obligado a presentar facturas durante el desarrollo de su actividad. Esta factura normal es la que incluye todo lo que debe estar, por obligación, en una factura.
Dentro de estos datos obligatorios podemos encontrar el número y la serie de la factura. Aun así, conocemos que la serie puede tener variaciones si hay razones externas que lo justifiquen. Por ejemplo, uno de los cambios justificados en la serie de la factura, puede venir provocado por la expedición de las facturas a través de los destinatarios o de terceros. También nos podremos encontrar con casos particulares como los de expedición de procedimientos administrativos y judiciales.
En este tipo de facturas no puede caer en el olvido que siempre deben estar presentes el nombre y apellidos, la razón social al completo, el número de identificación fiscal y el domicilio. De igual manera, se deberá incluir una descripción de cada operación con el importe de la base imponible.
En la factura normal, también se incluirá el tipo impositivo que se aplica a la operación y su cuota tributaria a repercutir. Además, la fecha en la que se prestan los servicios también deberá ir reflejada, teniendo en cuenta si la operación está exenta de impuestos o no, teniendo que indicarlo también.
Las facturas normales se expedirán en el momento de realización de la acción, y existe de plazo para su emisión hasta el día 16 del mes siguiente en el que se haya producido el devengo del impuesto.
Factura simplificada para autónomos en Sevilla
Por otra parte, la factura simplificada es la que contiene menos información. Este tipo de facturas, en nuestra gestoría para autónomos en Sevilla, las asociamos ea los famosos ‘tickets’. Son facturas que no se pueden emitir si superan el importe de 400€ IVA incluido.
Aun así, existen excepciones que conocemos de primera mano, si tu intención es expedir una factura simplificada por un valor mayor a 400€ no dudes en consultarnos. El contenido indispensable para esta tipología de factura será el número y la serie, la fecha de expedición, la identificación fiscal, la identificación de los bienes y servicios con el tipo impositivo que se aplica y la contraprestación total.
Como gestoría para autónomos en Sevilla estaremos siempre disponibles para solucionar cualquier problema con la facturación de nuestros clientes. ¡Estamos para ayudar!
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