Darme de alta de autónomo estando en ERTE, ¿es posible? 📝
La respuesta directa desde nuestra asesoría laboral para empresas en Sevilla es clara, sí. El trabajador de una empresa que haya aplicado un ERTE sobre su jornada laboral puede compaginar su situación dándose de alta como autónomo con una serie de condiciones, entre ellas, la extensión en el tiempo.
El máximo establecido para poder compaginar esta situación de ERTE+Autónomo es de 270 días. Si el trabajador está al tanto de todas las novedades laborales es importante conocer la resolución de dudas que realizamos día a día desde nuestra asesoría laboral para empresas en Sevilla. Es totalmente compatible el hecho de recibir la percepción mensual del ERTE junto con el trabajo por cuenta propia.
Según aseguran los expertos de nuestra asesoría jurídica el plazo máximo de ‘aprovechamiento’ de esta situación es por 270 días o por el tiempo inferior pendiente a percibir. Para que esta acción sea posible, la empresa deberá ser consciente y además avisar a la gestora con una antelación de 15 días previos al inicio de la actividad por cuenta propia.
Aristas de la situación
Dentro de este marco legal, nuestra asesoría laboral para empresas en Sevilla abre el abanico del mundo del trabajo a tiempo parcial, ya que el propio trabajador debe estar informado sobre las posibilidades que tiene una vez su empresa le ha aplicado un ERTE. Es cierto que puedes trabajar para otra empresa si permaneces en ERTE en una, pero tu prestación por desempleo deberá interrumpirse.
Como asesoría laboral para empresas en Sevilla recomendamos siempre consultar antes de actuar, nuestros expertos os asesorarán de la mejor forma posible.
Si el trabajador comienza a trabajar a jornada completa por un periodo inferior a 12 meses en otra empresa, es posible que en su contrato, a pesar de estar en situación de desempleo por el ERTE, se recogiese alguna cláusula en la que no podría trabajar para empresas de la competencia o en la que mantendría exclusividad con la propia empresa que le ha aplicado el ERTE. Si este caso se diese, el propio trabajador debe establecer comunicación con el SEPE y avisar para que no se generasen pagos indebidos por las prestaciones que estaba recibiendo. La prestación suspendida tras el aviso, podrá volver a renovarse una vez el trabajador finalice el contrato con la empresa para la que comenzó a trabajar permaneciendo en un ERTE en otra. Este proceso se llevará a cabo también durante unos 15 días.
En el hipotético caso de que el trabajador en ERTE encuentre otro empleo pero a tiempo parcial también deberá suspender la prestación de forma dirigida solo a las horas de tiempo completo que le pertenecían o bien solicitar una compatibilización por parte de las empresas a las que va a prestar servicio.
No lo hagas mal, ¡te vigilan!
Como asesoría laboral para empresas en Sevilla estamos al tanto de todas las sanciones aplicables a trabajadores en ERTE que recurren a diferentes métodos de ingresos aparte de la prestación correspondiente. Si se encuentran casos de trabajadores que se encuentren en un ERTE y al mismo tiempo sigan trabajando, se estaría incurriendo en un delito de cobro indebido de la prestación.
Por tanto, en este punto la propia empresa también podría verse afectada y llegar a pagar desde 6.251 euros hasta 187.515 euros de multa por esta situación. Como asesoría laboral para empresas en Sevilla recomendamos siempre consultar antes de actuar, nuestros expertos os asesorarán de la mejor forma posible.
Una consulta:
En el caso de pluriactividad, trabajo por cuenta propia (RGA) y trabajo por cuenta ajena en una fábrica:
1. Si la fábrica declare un ERTE: ¿Es compatible el cobro de la compensación del ERTE correspondiente al SEPE con la cotización en el RGA?.
2. En caso de despido por cese de actividad de la fábrica: ¿Es compatible el cobro del paro con la cotización en el RGA?
Saludos
Hola Óscar, puede ponerse en contacto con nosotros para obtener una respuesta personalizada sobre lo que necesite y sin compromiso.
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¡Un saludo y gracias de antemano!