Todo lo que debes saber sobre la nueva equiparación del trabajo a tiempo parcial y la jornada completa ⏳
Desde el reciente pasado 1 de octubre, se ha implementado una importante modificación en la legislación laboral en España que afecta positivamente a los trabajadores a tiempo parcial.
Como asesoría laboral en Sevilla, estamos al tanto y opinamos que esta reforma tiene un impacto significativo en el cálculo de los períodos de cotización necesarios para las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menores. En este artículo, exploraremos en detalle los cambios y cómo benefician a los trabajadores.
Equiparación del Trabajo a Tiempo Parcial como Jornada Completa
La equiparación de los trabajadores a tiempo parcial en el cálculo de sus pensiones de jubilación entró en vigor el 1 de octubre de 2023. Esta modificación se basa en el artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social, que fue alterado mediante el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo. Este decreto establece medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y la sostenibilidad del sistema público de pensiones.
Este cambio en la ley se ha implementado como respuesta a las sentencias del Tribunal Constitucional 91/2019 y 155/2021, que declararon la inconstitucionalidad y nulidad de ciertos incisos del artículo 248.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Estas sentencias afectaban negativamente la cuantía de las pensiones de los trabajadores a tiempo parcial, especialmente las mujeres.
Beneficiarios de la Modificación
Desde nuestra asesoría laboral en Sevilla hemos podido analizar que esta modificación tiene como objetivo mejorar las condiciones de los trabajadores a tiempo parcial en el cálculo de sus pensiones de jubilación. Destaca en particular la clarificación de la situación de los trabajadores fijos discontinuos, que ahora se equiparan a los trabajadores a tiempo parcial para la determinación de la base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal, según el artículo 248.2.
Gracias a la doctrina del Tribunal Constitucional y al acuerdo alcanzado entre el Gobierno y las organizaciones sindicales, se pone fin a la doble penalización que sufrían las personas trabajadoras a tiempo parcial, en su mayoría mujeres, al acceder a una pensión. Por un lado, se eliminan las penalizaciones injustas en el cálculo de los períodos trabajados parcialmente (coeficiente de parcialidad), y por otro, se establecen bases de cotización para calcular las pensiones que son equivalentes a las de tiempo completo.
Retroactividad de la Modificación
Desde nuestra asesoría laboral en Sevilla hemos podido conocer que el cambio en la equiparación del trabajo a tiempo parcial como jornada completa opera con retroactividad con respecto a los períodos que se consideran cotizados a jornada completa. Esto incluye períodos trabajados a tiempo parcial tanto antes como después del 1 de octubre de 2023. Sin embargo, la modificación no tiene retroactividad para hechos causantes anteriores a esa fecha.
En otras palabras, las personas que ya se han jubilado no verán revisada su pensión de jubilación con retroactividad. Sin embargo, los trabajadores con jornada parcial que aún no se han jubilado disfrutarán de esta modificación tanto en el período trabajado previo a la entrada en vigor como en el tiempo posterior.
Impacto en la Población
Como asesoría laboral en Sevilla podemos observar que reforma tiene un impacto significativo en la población laboral de España. Según la Encuesta de Población Activa (EPA) del segundo trimestre publicada por el INE, en España existen más de 2,8 millones de ocupados con jornada parcial, lo que representa el 13,5% del total de ocupados, que supera los 21 millones. Es importante destacar que el 73% de los trabajadores con jornada a tiempo parcial son mujeres, mientras que solo el 27% son hombres.
Análisis de la Evolución
Si analizamos el porcentaje de ocupados a tiempo parcial con respecto al total de ocupados, podemos observar que el máximo se registró en el segundo trimestre de 2014, cuando representaban el 16,39% del total de trabajadores. Esto indica que la tendencia ha ido variando con el tiempo, y la reforma que equipara el trabajo a tiempo parcial con jornada completa llega en un momento clave para mejorar las condiciones de los trabajadores.
Conclusión
Como expertos en asesoría laboral en Sevilla, llegamos a la conclusión de que la equiparación del trabajo a tiempo parcial como jornada completa es un avance significativo en la legislación laboral española que beneficia a una parte importante de la población activa. Elimina la discriminación y garantiza un trato justo a los trabajadores a tiempo parcial, en su mayoría mujeres, en lo que respecta a las pensiones de jubilación y otros beneficios de la seguridad social. Este cambio es un paso positivo hacia una mayor igualdad de género y justicia en el ámbito laboral.
Para obtener más información sobre este tema y otros asuntos relacionados con el mundo laboral, te invitamos a visitar nuestro blog, donde encontrarás más artículos informativos y noticias relevantes.
Estamos comprometidos en mantenerte informado sobre los cambios importantes en la legislación laboral y cómo pueden afectarte.
Preguntas Frecuentes
- ¿Cómo afecta esta reforma a los trabajadores a tiempo parcial? Esta reforma beneficia a los trabajadores a tiempo parcial, ya que equipara su trabajo con jornada completa en el cálculo de las pensiones y otros beneficios de la seguridad social.
- ¿Cuándo entró en vigor la equiparación del trabajo a tiempo parcial como jornada completa? La reforma entró en vigor el 1 de octubre de 2023.
- ¿Qué papel jugaron las sentencias del Tribunal Constitucional en esta modificación? Las sentencias del Tribunal Constitucional destacaron la inconstitucionalidad de ciertos aspectos de la legislación anterior que afectaban negativamente a los trabajadores a tiempo parcial, especialmente a las mujeres.
- ¿Cómo se calculan ahora las pensiones de los trabajadores fijos discontinuos? Los trabajadores fijos discontinuos se equiparan a los trabajadores a tiempo parcial en el cálculo de la base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal.
- ¿Qué pasa con los períodos trabajados a tiempo parcial antes del 1 de octubre de 2023? Estos períodos también se consideran cotizados a jornada completa debido a la retroactividad de la reforma.
A efectos del cálculo del importe de la prestación por jubilación, ¿también cobrará lo mismo un trabajador a tiempo parcial que un trabajador a tiempo completo con el mismo periodo cotizado?
Gracias
Hola Miguel, en ese caso se tendrán en cuenta las bases de cotización. Si deseas profundizar más en tu cuestión, puede ponerse en contacto con nosotros para obtener una respuesta personalizada sobre lo que necesite y sin compromiso.
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¡Un saludo y gracias de antemano!