Las bajas definitivas de vehículos tramitadas por los desguaces aumentan más del 30% en diciembre
Diciembre es un mes que destaca siempre por ser uno en el que más trámites de vehículos en Sevilla pendientes se llevan a cabo, independientemente del tipo que sean. Y es que dejar cerrado algo que hemos arrastrado durante unos meses o durante todo el año, e incluso en años anteriores, es uno de los objetivos que muchas personas se marcan para entrar en el siguiente con menos preocupaciones.
Esta realidad, hace que diciembre sea el mes del año en el que más bajas de vehículos se registran y el principal motivo que provoca esto, es el ahorro que supone retirar de la circulación un vehículo que ya ha alcanzado el final de su vida útil.
Este aumento de la actividad, no solo se produce en los desguaces, sino también en las Jefaturas de Tráfico, donde los titulares de los vehículos pueden acudir personalmente a tramitar la baja temporal de su vehículo o la baja definitiva por exportación, dos trámites muy distintos de la baja definitiva que se gestiona a través de los CATV pero que también incluye la DGT en sus estadísticas anuales sobre este tipo de registros. Mientras que la baja temporal permite al propietario del vehículo seguir disponiendo del mismo siempre y cuando no se encuentre estacionado en la vía pública ni haga uso del mismo para circular, la baja definitiva por exportación implicaría la obligación de matricular el coche en otro país y que éste dejase de formar parte del parque automovilístico español. Por otro lado, e inevitablemente, la baja definitiva tramitada a través de un desguace conlleva la recuperación, reciclaje de componentes y finalmente destrucción del vehículo.
De acuerdo con las cifras publicadas en el portal estadístico de la DGT y que han sido analizadas por RO-DES, la Red Operativa de Desguaces Españoles, entre 2017 y 2018 las bajas de vehículos en España se han incrementado alrededor del 18%, hecho que muchos expertos relacionan con las medidas anticontaminación tomadas por Ayuntamientos como el de Madrid o Barcelona, donde se han aplicado duras restricciones a los vehículos más antiguos y contaminantes (es decir, aquellos a los que no les corresponde etiqueta medioambiental), prohibiéndoles el acceso a las ya conocidas como “zonas de bajas emisiones”. Si nos centramos en el aumento estacional comentado en el párrafo anterior, durante el mes de diciembre de 2017 las bajas de turismos y furgonetas (definitivas o temporales) se incrementaron en un 76% en comparación con la media mensual (109.992 vehículos dados de baja en diciembre, frente a la media mensual de 62.240 unidades), mientras que en 2018 ese mismo aumento se situó aproximadamente en el 57% (116.612 vehículos dados de baja en diciembre, frente a la media mensual de 73.960 unidades).
Con respecto a las variaciones registradas en los desguaces, desde RO-DES informan que, entre enero y octubre de 2019, se ha registrado un aumento de vehículos que han llegado a los Centros Autorizados de Tratamiento (CATV) para ser dados de baja definitiva, de al menos el 16% con respecto al mismo periodo del año anterior. Además, en diciembre de 2018 se produjo un incremento de más del 30% si las cifras de entrada de vehículos se compran con la media mensual de unidades que se dieron de baja definitiva en los desguaces durante el pasado año. También es importante mencionar que, durante todo 2018, se dieron de baja en los desguaces aproximadamente un 28% más de vehículos que en 2017.
¿Por qué la baja definitiva de un vehículo se realiza directamente en el desguace?
De acuerdo con el Real Decreto 20/2017 del 20 de enero, que sustituye al anterior Real Decreto 1383/2002 del 20 de diciembre, sobre los vehículos al final de su vida útil; éstos deberán ser entregados en un centro autorizado de tratamiento de vehículos (CATV) donde tienen la obligación de documentar la entrega a través del certificado de destrucción que acredita el fin de la vida útil del vehículo. Así mismo, también será obligación de estos centros llevar a cabo la tramitación de la baja definitiva del vehículo, de conformidad con la Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la que se regula la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida útil.
En base a las normativas citadas en el anterior párrafo y a no ser que la finalidad del titular sea la de tramitar una baja temporal o la baja definitiva por exportación, éste ya no podrá acudir personalmente a las oficinas de Tráfico a solicitar la baja definitiva de su vehículo. Los únicos casos en los que sí podría hacerlo serían aquellos relacionados con la inexistencia del bien o con gestiones previas a la entrada en vigor de las antes mencionadas leyes, las cuales implicarían la entrega del vehículo en los ya extinguidos “cementerios” de vehículos.
Documentación que acredita que el desguace ha realizado correctamente la baja definitiva de un vehículo
El Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CATV), también conocido en la actualidad como desguace, facilitará al propietario del vehículo o interesado y siempre una vez haya finalizado todo el procedimiento, tanto el Certificado de Destrucción como el justificante de baja definitiva emitido por la aplicación electrónica de la DGT. Como expertos en trámites de vehículos en Sevilla te ayudamos a la gestión completa de este proceso.
Documentación necesaria para dar de baja definitiva un vehículo
Siempre que sea el titular la persona que se encargue de solicitar la gestión y de realizar la entrega del vehículo tanto al servicio de grúas del desguace, como en el propio CATV, se tendrá que aportar: una fotocopia del DNI, el permiso de circulación del vehículo y la ficha técnica originales. En aquellos casos en los que el titular no pueda hacerse carga de la entrega, será imprescindible que autorice a la persona que vaya a realizar la gestión en su nombre y acompañar esta autorización con la fotocopia del DNI de la persona acreditada para este fin.
Cuando el vehículo figure a nombre de una empresa, una persona fallecida, esté dado de baja temporalmente o se encuentre en cualquier otra circunstancia administrativa especial, se aconseja consultar con el departamento de bajas del CATV la documentación adicional que será necesario aportar.
¿Cuándo iniciar el procedimiento si se quiere llevar a cabo el trámite de baja definitiva antes de finalizar el año?
Lo mejor en estos casos, es anticiparse y no dejarlo todo para el último momento ya que, de ser así, podríamos encontrarnos con retrasos por parte del servicio de recogida de vehículos del CATV o incluso con la imposibilidad de dar por finalizada la gestión antes del 31 de diciembre. Esperarse más allá del 15 de diciembre, puede tener como consecuencia que, si el vehículo no llega a las instalaciones del desguace por sus propios medios (siendo conducido por su titular o propietario, o haciendo uso de una grúa distinta a la del servicio de retiradas del centro de tratamiento), no pueda ser dado de baja definitivamente antes de finalizar el año. Esto, supondría que se generase un nuevo impuesto de circulación a nombre del titular, del cual habría que pagar al menos el primer trimestre (suponiendo que después se diera de baja el vehículo antes del 31 de marzo).
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