La nueva tendencia del Teletrabajo. Pongamos reglas 📃
Después de haber vivido un confinamiento total durante la pandemia del coronavirus. Desde nuestra asesoría laboral en Sevilla hemos tenido tiempo para alcanzar muchas conclusiones, propuestas y aceptación de cambios. No solo hemos cambiado en la incorporación de la mascarilla a nuestra vida, han sido muchos puntos y en el mundo laboral hemos vivido una revolución.
El teletrabajo ha llegado para quedarse, y las cifras así lo demuestran, todavía en la actualidad se han triplicado las cifras en empresas con trabajadores a distancia. Estas cifras hacen que el propio gobierno y las entidades pertinentes necesiten establecer una normativa con reglas sobre el trabajo a distancia. El proceso ya está activado, y como asesoría laboral en Sevilla hemos tenido acceso al anteproyecto y podemos informar de la dirección de esta nueva Ley de Trabajo a Distancia.
Vamos a dividir la información que conocemos en 7 puntos clave y a disgregarlos de forma sencilla y entendible. Todo aquel que se encuentre en situación de teletrabajo debe estar atento a este proyecto de normativa. Los 7 puntos serán:
- Acuerdos entre empresas y trabajadores.
- Horarios de trabajo y reglas
- Compensaciones sobre gastos
- Quiénes pueden optar al teletrabajo
- Intimidad de trabajadores y desconexión
- Excepciones
- Acuerdos escritos
Acuerdos entre empresas y trabajadores
El principal reto de este nuevo proyecto de Ley es el de establecer los límites que no se pueden sobrepasar entre empresa y trabajador. Se regularán los tiempos de trabajo, los descansos y los momentos en los que el trabajador deba estar plenamente disponible. Esta división entre el tiempo laboral y el personal, deberá estar bien aclarada por ambas partes y el pacto deberá dividir de forma correcta los momentos de desconexión laboral con los de implicación máxima.
Horarios de trabajo y reglas
Una vez se llegue al acuerdo, se deberá aclarar de forma muy clara cuales serían las divisiones entre trabajo presencial y a distancia. También en este punto, como asesoría laboral en Sevilla recomendaríamos la inclusión de medios de control por parte de las empresas, además de establecer tiempos de revisión de estos acuerdos.
Compensaciones sobre gastos
Esta temática es una de las más importantes para los trabajadores, y como asesoría laboral en Sevilla también valoramos enormemente este punto. La empresa deberá sufragar los gastos totales de lo que signifique el trabajo a distancia. En este acuerdo, deberá también quedar reflejado cuando la empresa se hará cargo de la renovación de equipos y medios de protección del trabajador.
Quiénes pueden optar al teletrabajo
En este punto es obvio que cualquier trabajador puede optar a esta nueva forma de trabajo a distancia. Aunque desde el anteproyecto se quiere potenciar preferencialmente a algunos colectivos como Las madres en periodo de lactancia natural o a cargo del cuidado de menores de 12 años, entre otros.
Intimidad de trabajadores y desconexión
Otra de las urgencias también es la necesidad de generar una protección de datos total del trabajador y respetar su intimidad. Las empresas no podrán instalar sistemas de control en la propiedad del trabajador.
Excepciones
En todos los casos siempre nos encontramos con excepciones. En este punto los que no podrán realizar el teletrabajo serán las personas menores de edad, así como los contratos de prácticas para la formación a distancia. Así se elimina la peligrosidad en materia de prevención de riesgos laborales.
Acuerdos escritos
El acuerdo final entre empresa y trabajador deberá dejar constancia escrita para que no haya lugar a dudas. Si necesitas ayuda en este punto no dudes en consultarnos, como asesoría laboral en Sevilla siempre velamos por el cumplimiento de los derechos de la empresa y el trabajador.
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