¿Tiene la empresa obligación de entregarme las nóminas? 📑
Como asesoría laboral en Sevilla de referencia, nos gusta que nuestros lectores se mantengan informados siempre de todos los aspectos que a su trabajo se refiere. Por ello hoy entramos a explicar una de las temáticas más repetidas en el día a día de nuestra oficina, sobre todo a final de mes 😉
Las nóminas son un mundo por explorar, y siempre nos gusta destacar que hay aspectos sobre ellas que siempre se deben conocer, si has dudado en algún momento sobre firmas, envíos o cualquier otro aspecto, os resolvemos esas dudas en el día de hoy. ¡Somos tu asesoría laboral en Sevilla de confianza! 😍
¿Está obligada la empresa a entregarme las nóminas?
La pregunta que titula nuestro artículo de hoy tiene una respuesta muy sencilla. SI. Según el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores existe obligación empresarial de entregar las nóminas.
¿La entrega está obligada a ser en papel, o puede realizarse digitalmente?
Colaboremos con el medio ambiente, el papel no es obligatorio bajo ningún concepto en estos aspectos. Las empresas podrán enviar las nóminas a los trabajadores por correo electrónico o subirlas a plataformas privadas como la intranet. En cualquier caso, la empresa está en la obligación de asegurarse que el trabajador recibe su nómina, sea por el medio que sea. En nuestra asesoría laboral en Sevilla nos gusta colaborar con el medio ambiente y entregamos nuestras nóminas de forma digital.
¿Es obligatorio firmar la nómina?
Sólo deberá firmarse en el caso de que se haya recibido la cantidad indicada en la misma. Es importante destacar en estos casos que firmarla no significa estar conforme. Otro aspecto a destacar es que si tu nómina se abona mediante transferencia bancaria no será necesaria la firma.
¿Y si no me las entregan?
En este caso, una de tus primeras medidas puede ser contactar con nuestra asesoría laboral en Sevilla, ya que seríamos los primeros encargados de buscar diferentes opciones y soluciones para tu relación empresarial. En las diferentes opciones que se barajan sobre una posible negativa de la empresa a entregar las nóminas se encuentran inspecciones de trabajo o solicitudes judiciales, aunque la vía ‘amistosa’ siempre sea la preferente de nuestro equipo.
La no entrega de nóminas a los trabajadores se considera una infracción empresarial leve y tiene una multa que puede oscilar entre los 70€ y los 750€
El mundo de las nóminas es un mundo muy interesante, y en nuestra asesoría laboral en Sevilla nos encargamos de un buen número de nóminas de decenas de empresas, cada una con sus diferentes aspectos propios. Por ello, seguir creciendo junto a estos proyectos nos hace aprender cada día y poder tener la capacidad de escribir estos artículos es todo un lujo para nosotros 😊
¡Gracias por leernos siempre!
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