¿Qué hacer si se te ha olvidado meter una factura en el trimestre? ♂️
Como gestoría para autónomos en Sevilla estamos siempre pendientes de todo lo que pueda surgir en cuanto al cierre de los trimestres y sus declaraciones. Hacer la declaración trimestral y olvidar incluir una factura puede llegar a suponer una multa para el propio autónomo. Por ello, hoy hablamos del recurso para incluir una factura olvidada en el trimestre.
Con el objetivo de evitar esta sanción, como gestoría para autónomos en Sevilla recomendamos la realización de una declaración complementaria, que evitará de forma directa problemáticas relacionadas con la Agencia Tributaria.
Como gestoría para autónomos en Sevilla, nos vemos obligados en algunos casos a resolver problemas de este tipo de forma rápida y efectiva. Por ello, sabemos que esta es la única vía legal de proceder en el caso de olvido de facturas en las declaraciones. Realizar una declaración complementaria del IVA incluyendo la factura olvidada previamente es el método más efectivo. Si nos encontramos en el caso de la no entrega de esta factura ni de forma complementaria, el afectado deberá pagar un recargo por el retraso en la entrega.
Los tiempos están estipulados previamente, si la entrega se retrasa hasta 3 meses, el recargo será de un 5%, si pasa de 3 a 6 meses, el recargo será de un 10% y en los seis meses siguientes un 15%. Si el retraso llega a ser superior a un año, será de un 20% más los intereses de demora correspondientes. Por ello, como gestoría para autónomos en Sevilla queremos destacar que los recursos tempranos siempre son una solución viable y efectiva.
¿Puedo presentar esta factura en otro trimestre?
Es una de las preguntas más repetidas en nuestra gestoría para autónomos en Sevilla cuando nos encontramos con casos como este. Al estar siempre en contacto con Hacienda y sus acciones, no recomendamos nunca esta práctica, ya que si tomas la decisión de presentar la factura en otro trimestre, Hacienda puede percatarse de ello y aplicar una sanción de forma inmediata.
En este tipo de casos, si el funcionario de Hacienda que se percate del error aplica la normativa vigente, los intereses con demora con respecto al periodo abonable, se devengarán de forma directa como sanción regularizadora de trimestres.
Además, puede considerarse una acción de mala fe y existir la posibilidad de una sanción mayor. En este caso, se aplicaría el porcentaje del trimestre que sale a devolver y se hará según la consideración de la sanción, es decir, leve, grave o muy grave.
No pierdas la oportunidad de ‘llevar tus cuentas al día’ y confía en una gestoría para autónomos en Sevilla de la máxima garantía y profesionalidad. En Servicios Centralizados estamos siempre preparados para solucionar cualquier problemática.
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