Embargos por impago de multas ¿Cuánto y cuándo?
Los impagos son algo muy recurrente a la hora de ‘protestar’ contra algunas multas sobre todo cuando no estamos de acuerdo. En este caso, como gestoría especializada en trámites de vehículos en Sevilla, hoy hablamos de la posibilidad de embargo por el impago de estas multas.
Los bienes de una persona física son propiedades embargables por las entidades públicas si los impagos se convierten en una permanente. Por ello hoy hablamos del inicio del proceso de este procedimiento con el motivo de no pagar diferentes multas de tráfico. Los trámites de vehículos en Sevilla cuentan con muchas aristas, y una de ellas es este proceso.
Las sanciones de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial se pueden acumular y a su vez generar diferentes tipos de sanciones que son independientes cada una por su infracción. Estas sanciones llevan desde un aviso con sanción económica hasta multas de tráfico importantes que pueden conllevar una importante retirada de puntos e incluso condenas de cárcel.
En cuanto a la temática económica, la acumulación de impagos en multas de tráfico puede conllevar a un embargo, desde salario hasta bienes, siempre que la propia cuenta bancaria no haya conseguido resolver esa deuda. Para el conocimiento del multado es importante que se sepa que el embargo tiene unos parámetros legales que deben cumplirse. Por ejemplo, la de que el aviso haya sido notificado en el domicilio del multado de forma oficial y con validez legal, como un burofax o una carta certificada. Si esa notificación no existe, existirá la posibilidad de recurrir el embargo con expertos en trámites de vehículos en Sevilla como el equipo de nuestra gestoría especializada.
En el caso de que la información previa no haya existido y el desconocimiento sea lo que tengas tras acumular multas sin pagar, te informamos que existe una jerarquía previa a la hora de comenzar con los embargos. En primer lugar el fisco se dirige al montante líquido, es decir, a por el dinero. Posteriormente, en el caso de no encontrarlo, se recurrirá al embargo de bienes muebles o inmuebles que se encuentren a nombre del deudor.
¿Cuánto pueden llegar a embargarme por la acumulación de impagos en multas de tráfico?
Según el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil nunca se podrá embargar un sueldo completo si ese mismo no supera la cantidad establecida para el salario mínimo interprofesional. Por eso, en este año el límite está en los 900€ al mes que el salario tiene marcado como mínimo.
Para todo aquel que supere esta cantidad en su salario y cuenten con impagos por multas de tráfico, estará dentro de la lista de posibles embargables para la lista de la Dirección General de Tráfico. Como expertos en la materia de trámites de vehículos en Sevilla, os dejamos los diferentes baremos de embargo según el sueldo:
- Primeros 900 euros: inembargables
- Segundos 900 euros: 30 por ciento
- Terceros 900 euros: 50 por ciento
- Cuartos 900 euros: 60 por ciento
- Quintos 900 euros: 75 por ciento
- Resto: 90 por ciento
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