Las dudas para acceder al nuevo cese de actividad de autónomos 📄
Después de varias semanas de negociación, las entidades representativas de los autónomos en España, ATA, UPTA y UATAE y el Gobierno han alcanzado un acuerdo para la prolongación de las ayudas y beneficios previstos por el cese de actividad más allá del 30 de junio. Como gestoría para autónomos en Sevilla permanecemos al tanto de todas estas novedades y hoy os hacemos un resumen de cómo son los nuevos requisitos para acceder a estas prestaciones que tantas dudas está generando en el sector.
El pacto, aprobado en el Consejo de Ministros tiene en mente tres tipos de ayudas de diferente estilo para cubrir las ayudas de los más de 1,4 millones de autónomos que están acogidos a esta prestación extraordinaria.
Este pacto tiene tres grandes elementos que lo diferencian de los anteriores. El propio José Luis Escrivá, Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones lo dejó claro en sus declaraciones tras el acuerdo:
- El primer elemento diferenciador es que estas ayudas serán una continuidad a las ayudas de prestación extraordinaria aunque tengan un gran parecido con la ordinaria. Irán dirigidas a todos los que acrediten una caída importante en sus ingresos en 2020.
- Por otra parte, se lanza una partida de protección a los denominados como ‘autónomos de temporada’, que han sido afectados por esta situación además de por la estacionalidad, por lo que no han podido acogerse previamente al cese de actividad extraordinario.
- Y como último punto cabe destacar el alargue automático de las exenciones en sus cuotas con la Seguridad Social de aquellos autónomos que no pueden acreditar caídas en su facturación pero ya estaban acogidos previamente al cese de actividad extraordinario.
Como gestoría para autónomos en Sevilla mostramos nuestra total disponibilidad ante cualquier duda y trámite que como empresa o persona física necesiten realizar. Estamos para ayudar a agilizar cualquier proceso y optimizar los resultados.
Estas nuevas normas se centran en estos tres elementos diferenciados que además son incompatibles entre ellos mismos. Por ello entendemos perfectamente que los autónomos que se encuentren en esta situación sean un mar de dudas actualmente. En este punto surgen un amplio abanico de dudas entorno a los requisitos necesarios para cumplir con la posibilidad de recibir la prestación en diversos ámbitos. Por ello, desde nuestra gestoría para autónomos en Sevilla estamos a vuestra completa disposición para responder a preguntas como:
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¿Qué autónomos estarán exentos de pagar cuota?
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¿Qué cantidades estarán exentas?
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¿Qué trámites son necesarios para la exoneración?
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¿Es incompatible con algún subsidio o prestación?
- ¿A qué autónomos va dirigida la nueva prestación por cese de actividad?
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¿Qué requisitos hay que cumplir para solicitarla?
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¿Durante cuánto tiempo se podrá percibir la prestación?
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¿Qué pasará con la cuota de autónomos?
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¿Y si mis ingresos no caen por encima del 75%?
- ¿Cómo y cuándo se solicita?
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¿Qué documentación hay que aportar?
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¿Qué requisitos hay que cumplir para acceder a esta prestación?
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¿A cuánto asciende esta prestación?
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¿Cuánto tiempo durará esta prestación?
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¿Hay que seguir pagando la cuota?
- ¿Con qué es incompatible esta prestación?
Estas y muchas preguntas más rondarán las cabezas de muchos de los clientes de nuestra gestoría para autónomos en Sevilla. No le des más vueltas y consúltanos sin compromiso. ¡Seguro que tendremos la respuesta!
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