Tengo una vivienda en la playa, ¿cómo la declaro?
Si te encuentras inmerso en la vorágine de preparación de la Declaración de la Renta en Sevilla, desde Servicios Centralizados podemos ayudarte con todas las dudas que necesites para mejorar los resultados y realizar correctamente el borrador que finalmente deberás entregar en caso de ser obligatorio.
En este caso, y como planteamiento principal, la ‘decisión’ final y por consiguiente los resultados que vamos a obtener dependerán del uso real que se tenga de la vivienda, existen un sinfín de casos que podemos dividir casi de forma personalizada, por ello hoy vamos a abordarlos con la mayor rigurosidad posible.
Si tienes una casa en la playa y te genera dudas en cuanto a su uso no dudes en concertar una cita con nosotros y te ayudaremos a resolverla de forma cercana, veloz y sencilla. En el caso de que tu vivienda en la costa haya sido alquilada, aunque no sea en su totalidad, ya constará como una actividad económica y deberemos declararlo. La ocupación sin generar actividad no está obligada a ser declarada, es decir, si los ocupantes sois vosotros mismos o familia a la que se le cede cabe la posibilidad de que la vivienda sea declarada como segunda residencia en lugar de como alquiler turístico.
Nuestra gestoría especializada en la Declaración de la Renta en Sevilla se conoce todas las aristas que puedes encontrar a lo largo del proceso de relleno de tus formularios. En el caso de los alquileres vacacionales es importante tener en cuenta la importancia de que, sea el tiempo que sea, si la actividad económica existe debe ser declarada. Aunque el resto del año sea usado como segunda vivienda. El alquiler vacacional, hasta hace poco tenía una reducción del 60% en el IRPF, la cual se anuló, siendo esa reducción exclusiva para los alquileres que son vivienda habitual de los inquilinos. Dentro de las diferentes tipificaciones de uso o destino del inmueble, en la Declaración de la Renta se deberá seleccionar la clave 3 en el caso de que haya sido alquilado de forma vacacional. La observación y ‘vigilancia’ por parte de Hacienda en estos aspectos va dirigida hacia el aspecto de las rentas inmobiliarias imputadas y los rendimientos del capital inmobiliario de cada persona física.
Entendemos perfectamente que en estos casos, si no se ha contado con el apoyo de profesionales como los expertos en Declaración de la Renta en Sevilla que tenemos en Servicios Centralizados, puedan llegar a existir errores en la redacción de la misma. Y si la entrega de la misma se ha hecho y te has dado cuenta que la has concluido con errores, no te preocupes, existe la posibilidad de rectificación, aunque es muy importante que deba hacerse con el procedimiento adecuado y dentro de los tiempos estipulados.
Para subsanar esos errores, desde nuestra gestoría experta en la elaboración de la Declaración de la Renta en Sevilla elegiremos una declaración ‘nueva’, que según el error deberá ser rectificativa, complementaria o con errores de información. Confía en nosotros y podremos solucionarte cualquier problema 😉
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