Autónomo, así se asegura tu jubilación con la Seguridad Social 📝
Como expertos en autónomos y PYMES en Sevilla estamos siempre aportando y recabando noticias e información de interés que pueda ser importante para nuestros lectores y clientes. Por ello, hoy compartimos esta temática que sabemos que a muchos puede interesarle para asegurar un futuro más ‘tranquilo’.
Existe una forma para los autónomos y PYMES en Sevilla con la que firmando un convenido con la Seguridad Social se asegure una jubilación. De esta forma se pueden seguir pagando cotizaciones aunque no se permanezca en activo, contando estas cotizaciones para la jubilación.
El hecho de causar baja en la Seguridad Social no tiene que implicar la pérdida del derecho a distintas prestaciones. La posibilidad de firmar un convenio especial abre las puertas a una solución muy interesante para autónomos y PYMES en Sevilla que estén cercanos a cumplir su edad de jubilación y no tengan la necesidad de seguir trabajando. Este acuerdo sería muy satisfactorio sobre todo para ese sector de avanzada edad que ya busca un retiro más alejado del trabajo diario.
El propio profesional será quien deba elegir su base de cotización
Este convenio especial del que habla nuestro equipo de expertos en autónomos y PYMES en Sevilla consigue que la prestación por jubilación quede cubierta, pero no solo esta, ya que también puede suplir las prestaciones que se aportan en caso de enfermedad común o accidente no laboral.
Para que este acuerdo especial se complete, el sistema permite al autónomo seguir abonando las cuotas correspondientes a su cotización aunque no permanezca en su puesto de trabajo. El pago de estas cuotas se hará de forma similar al que se realizaría en el caso de seguir dado de alta en la Seguridad Social y trabajando de forma activa.
La base de cotización será elegida por el propio autónomo una vez esté tramitando este convenio especial. Así, tendrá la posibilidad de optar por la base mínima, la base media de sus últimos 12 meses cotizados o la base máxima de su grupo haciendo correspondencia con su categoría profesional. En el caso de elegir la última, deberá haber estado cotizando a esta base máxima al menos 24 meses de los últimos 5 ejercicios.
Además, podrás optar a otras tipologías de bases pero deben estar incluidas entre las que ya os hemos comentado, aplicándose siempre un coeficiente del 0,94.
Si no pagas durante tres meses puede finalizar el convenio
Hay que tener cuidado con este tipo de acciones y cumplir siempre con lo acordado previamente para evitar males mayores. Como expertos en autónomos y PYMES en Sevilla somos muy estrictos con esta temática, ya que las exigencias de la Seguridad Social suelen ser inflexibles.
El convenio del que hablamos se activará tras la firma y concluirá en la fecha de jubilación del autónomo. En caso de que el autónomo en cuestión volviese a tener periodos de actividad, el convenio quedaría automáticamente suspendido.
El convenio se ‘desactiva’ en el momento en el que el autónomo deje de pagar durante máximo 3 meses de cuotas de cotización, además, el acuerdo se extinguirá de forma automática si se vuelve a entrar en el mismo régimen de la Seguridad Social. Si tienes la necesidad de finalizar este convenio antes de lo previsto, también podrás hacerlo mediante un escrito a tu Dirección Provincial de la Seguridad Social.
Este convenio podrá solicitarse a través de una solicitud específica en el modelo TA-0040. Si necesitas más información al respecto no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo experto en autónomos y PYMES en Sevilla.
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