Cambios Tributarios: Hasta 2025 y Más Allá 🚀
En estos tiempos de incertidumbre fiscal, marcados por la actual provisionalidad gubernamental, es esencial anticiparse y prepararse para lo que está por venir con nuestra asesoría fiscal en Sevilla.
Se avecinan cambios significativos que tendrán pleno efecto en 2025 y los años venideros.
El Régimen de Franquicia en el IVA
Uno de los aspectos que debes considerar es el Régimen de Franquicia en el IVA. Este sistema opcional y voluntario, conforme a las Directivas comunitarias, está destinado a las actividades económicas con ingresos anuales por debajo de los 85,000 euros. Aquellas que se acojan a este régimen no deberán cargar ni deducir el IVA en sus precios, ni presentar autoliquidaciones periódicas relacionadas con el IVA. A cambio, no podrán reclamar la deducción de sus gastos. La asesoría de nuestra asesoría fiscal en Sevilla te ayudará a comprender las implicaciones de este cambio.
Es probable que esta reforma tenga un impacto en los Regímenes Especiales del IVA, como el Simplificado y el Recargo de Equivalencia, que podrían cambiar significativamente o incluso desaparecer. Además, es probable que el régimen de Estimación Objetiva en el IRPF sufra modificaciones, estableciendo un porcentaje de gastos que será aplicable según el tipo de actividad. Esta cuestión se está debatiendo en la mesa de negociación entre la Administración Tributaria y los representantes de las PYMES, debate que seguimos muy de cerca desde nuestra asesoría fiscal en Sevilla.
Factura Electrónica y Certificación de Programas
Hasta 2025, al menos, dos medidas de carácter general no estarán en pleno funcionamiento: la obligación de utilizar la factura electrónica y la certificación de programas informáticos de contabilidad, registro, facturación o gestión. La primera se establece en la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece), cuyo reglamento está pendiente de aprobación. La segunda proviene de las modificaciones realizadas en la Ley General Tributaria por la Ley 11/2021, de prevención del fraude fiscal.
Factura Electrónica
En el ámbito de la factura electrónica, esta se hará obligatoria para las transacciones entre empresarios y profesionales (B2B) y con la Administración Pública (B2G) en todo el país, sin importar su importe. No obstante, no se exigirá cuando el receptor sea un consumidor final (B2C), o cuando una de las partes no tenga su sede de actividad económica en territorio español o un establecimiento permanente al que se dirija la facturación. En este caso, se requerirá el uso de plataformas de facturación electrónica certificadas, la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria, o una combinación de ambas, que puede ser una gran solución, apoyándote en la guía de nuestra asesoría fiscal en Sevilla.
Formato Estructurado
La factura electrónica debe cumplir con un formato estructurado que utilice un formato estándar de lenguaje XML, como UBL, Facturae, EDIFACT, formato Verifactu, etc. Las facturas electrónicas en formato no estructurado, como una imagen digital (PDF o factura en papel escaneada), no serán válidas. Esto se asemeja a la ampliación del sistema SII o a un «mini SII». Nuestra asesoría fiscal en Sevilla se asegurará de que cumplas con estos requisitos.
Ayudas y Subvenciones
Para facilitar la adaptación de las PYMES y otros negocios, se han previsto ayudas en el Kit Digital, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Es importante tener en cuenta que las subvenciones públicas percibidas por esta transición tributarán como rendimientos de la actividad económica. Las obligaciones de facturación electrónica entrarán en vigor en fases, dependiendo de los ingresos anuales, y nuestra asesoría fiscal en Sevilla estará a tu lado durante este proceso.
Conclusión
En resumen, el panorama tributario está experimentando cambios significativos que se implementarán gradualmente a partir de 2025. La factura electrónica será obligatoria en transacciones B2B y B2G, y las empresas deben prepararse para cumplir con esta nueva normativa. La adaptación será clave, y el camino ya ha comenzado sin posibilidad de retorno. Nuestra asesoría fiscal en Sevilla estará contigo en cada paso del camino para asegurarse de que estés preparado para estos cambios.
Dudas a resolver
1. ¿Qué es el Régimen de Franquicia en el IVA?
El Régimen de Franquicia en el IVA es un sistema opcional para actividades económicas con ingresos anuales inferiores a 85,000 euros. Las empresas bajo este régimen no cargarán ni deducirán el IVA, pero tampoco podrán desgravar sus gastos, algo que nuestra asesoría fiscal en Sevilla puede explicarte en detalle.
2. ¿Qué empresas estarán obligadas a utilizar la factura electrónica?
La factura electrónica será obligatoria para transacciones entre empresarios y profesionales (B2B) y con la Administración Pública (B2G) en todo el país. Nuestra asesoría fiscal en Sevilla te ayudará a implementar este cambio sin problemas.
3. ¿Qué es el Kit Digital y cómo puede ayudar a las empresas?
El Kit Digital es un conjunto de ayudas incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para facilitar la adaptación de las PYMES y otros negocios a la factura electrónica. Puedes contar con nuestra asesoría fiscal en Sevilla para aprovechar estas ayudas al máximo.
4. ¿Cuándo entrarán en vigor las obligaciones de facturación electrónica?
La factura electrónica será obligatoria para empresas con ingresos anuales superiores a 8 millones de euros en 2024 o 2025, y para el resto de empresas en 2025 o 2026. Nuestra asesoría fiscal en Sevilla te mantendrá informado sobre los plazos específicos.
5. ¿Qué sucede si no se cumplen las obligaciones de facturación electrónica?
El incumplimiento de las obligaciones de facturación electrónica puede resultar en sanciones y multas por parte de la Administración Tributaria. Por eso, es fundamental contar con nuestra asesoría fiscal en Sevilla para evitar problemas legales.
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