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Empresarios exitosos, Fiscal, Noticias, Servicentro

Impuesto sobre Sociedades 2025: ¿qué deben preparar las empresas?

asesoría fiscal para sociedades en Sevilla

Contar con una asesoría fiscal para sociedades en Sevilla puede evitar errores, prisas y decisiones mal calculadas. El Impuesto sobre Sociedades 2025 no debería prepararse deprisa en julio, sino revisarse con tiempo: cierre contable, documentación, amortizaciones, gastos deducibles y no deducibles, ajustes extracontables, pagos fraccionados y posibles bases imponibles negativas.

Para las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural, el plazo de presentación se abre tras los seis meses posteriores al cierre y se extiende durante los 25 días naturales siguientes; además, para el ejercicio 2025, la domiciliación del pago será del 1 al 22 de julio de 2026.

En Servicentro lo vemos cada año: muchas sociedades llegan a julio pensando que “solo hay que presentar el Modelo 200”, pero el Impuesto sobre Sociedades no es un trámite aislado. Es el resultado de todo un ejercicio económico. Si durante el año la contabilidad no se ha llevado bien, si hay gastos mal clasificados, facturas pendientes, amortizaciones incorrectas o pagos fraccionados sin revisar, el modelo puede convertirse en un pequeño campo de minas.

Y no, no hace falta que tu empresa sea enorme para tomarse esto en serio. Una pyme, una sociedad familiar, una empresa de servicios o una sociedad limitada recién creada también necesitan presentar el impuesto con criterio. Porque una cosa es cumplir el plazo y otra muy distinta es presentar bien.

¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades y a quién afecta?

El Impuesto sobre Sociedades es el tributo que grava la renta obtenida por sociedades y otras entidades jurídicas. En la práctica, afecta a sociedades limitadas, sociedades anónimas, cooperativas, asociaciones, fundaciones y otras entidades sujetas al impuesto, según su naturaleza y régimen aplicable.

La Agencia Tributaria centraliza las gestiones del impuesto a través de modelos como el Modelo 200, que es la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades, y el Modelo 202, utilizado para pagos fraccionados.

Dicho de forma sencilla: si tu empresa es una sociedad, no tributa como un autónomo en IRPF. Tributa por sus beneficios a través del Impuesto sobre Sociedades. Y para calcular correctamente ese beneficio fiscal, no basta con mirar cuánto dinero hay en la cuenta bancaria.

Una buena asesoría fiscal para sociedades en Sevilla debe revisar la contabilidad, los ajustes fiscales, los gastos, las deducciones y la situación real de la empresa antes de presentar.

¿Cuándo se presenta el Impuesto sobre Sociedades 2025?

La regla general es que la declaración del Impuesto sobre Sociedades debe presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. Para las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural, eso sitúa la campaña en julio del año siguiente.

Para el ejercicio 2025, la Agencia Tributaria indica que la domiciliación del pago para entidades cuyo periodo impositivo coincida con el año natural será del 1 al 22 de julio de 2026.

¿Por qué conviene prepararlo antes de julio?

Porque julio llega cargado. Además del Impuesto sobre Sociedades, muchas empresas también tienen obligaciones trimestrales, vacaciones del equipo, cierres administrativos, proveedores que bajan ritmo y documentación que, curiosamente, siempre aparece cuando nadie la encuentra.

Esperar al último momento puede provocar:

  • errores en contabilidad;
  • ajustes mal calculados;
  • gastos no revisados;
  • falta de justificantes;
  • pagos imprevistos;
  • tensión de tesorería;
  • presentación con prisas;
  • pérdida de oportunidades fiscales.

En Servicentro recomendamos empezar la revisión antes, especialmente en junio. El impuesto se presenta en julio, pero se prepara mucho antes.

asesoría fiscal para sociedades en Sevilla

¿Qué documentación contable debe preparar una sociedad?

Antes de presentar el Modelo 200, la empresa debe tener ordenada toda la documentación contable y fiscal del ejercicio. No se trata solo de entregar facturas: hay que cerrar correctamente el ejercicio.

Documentación básica que conviene revisar

Una sociedad debería preparar:

  • balance de situación;
  • cuenta de pérdidas y ganancias;
  • libro diario;
  • sumas y saldos;
  • facturas emitidas;
  • facturas recibidas;
  • extractos bancarios;
  • nóminas y seguros sociales;
  • préstamos y pólizas;
  • contratos relevantes;
  • justificantes de subvenciones;
  • documentación de inversiones;
  • operaciones con socios o administradores;
  • pagos fraccionados realizados;
  • declaraciones trimestrales presentadas;
  • cuentas anuales.

El Modelo 200 parte de una base contable, pero aplica criterios fiscales. Por eso es tan importante que contabilidad y fiscalidad hablen el mismo idioma. Cuando una empresa trae la documentación desordenada, el riesgo no es solo tardar más: es que algo se declare mal.

¿Qué debe revisarse en el cierre contable?

El cierre contable es el punto de partida. Antes de calcular el impuesto, la sociedad debe comprobar que su contabilidad refleja correctamente la situación económica del ejercicio.

¿Qué puntos son especialmente importantes?

Conviene revisar:

  • ingresos correctamente imputados;
  • facturas pendientes de recibir;
  • facturas pendientes de emitir;
  • periodificaciones;
  • amortizaciones;
  • deterioros;
  • existencias;
  • saldos de clientes y proveedores;
  • deudas bancarias;
  • préstamos con socios;
  • gastos financieros;
  • nóminas;
  • impuestos contabilizados;
  • subvenciones;
  • inmovilizado;
  • tesorería.

Ejemplo práctico

Una sociedad ha comprado maquinaria en noviembre de 2025, pero la contabiliza como gasto directo. Si realmente se trata de inmovilizado, deberá amortizarse según corresponda. Este error puede alterar el resultado contable y fiscal.

Otro ejemplo: una empresa emite una factura en enero de 2026 por un servicio prestado en diciembre de 2025. Si el ingreso corresponde realmente a 2025, puede ser necesario periodificarlo correctamente.

Aquí es donde una asesoría fiscal para sociedades en Sevilla aporta valor: no solo mira el impuesto, sino todo lo que hay detrás.

¿Qué son los ajustes extracontables?

Los ajustes extracontables son correcciones que se realizan sobre el resultado contable para llegar a la base imponible fiscal. Es decir, la contabilidad puede decir una cosa, pero la normativa fiscal puede obligar a ajustar determinados importes.

La propia AEAT estructura el Manual práctico de Sociedades en capítulos dedicados a la determinación de la base imponible y de la deuda tributaria, además de recoger anexos específicos del Modelo 200 y pagos fraccionados.

¿Qué tipos de ajustes pueden aparecer?

Pueden existir ajustes por:

  • gastos contables no deducibles fiscalmente;
  • diferencias en amortizaciones;
  • deterioros no deducibles;
  • provisiones;
  • limitaciones a gastos financieros;
  • operaciones vinculadas;
  • multas y sanciones;
  • donativos y liberalidades;
  • correcciones de ejercicios anteriores;
  • reversión de ajustes temporarios.

Ejemplo práctico

Una empresa contabiliza una sanción como gasto. Contablemente puede aparecer en la cuenta de resultados, pero fiscalmente no será deducible. Por tanto, habrá que realizar un ajuste positivo para aumentar la base imponible.

Otro caso habitual: una amortización contable no coincide con la amortización fiscalmente admitida. Esto puede obligar a practicar un ajuste extracontable temporal.

¿Qué gastos no son deducibles en Sociedades?

No todo lo que una empresa paga reduce su impuesto. Este es uno de los puntos donde más errores se cometen.

Gastos que suelen generar dudas

Conviene revisar con especial cuidado:

  • multas y sanciones;
  • recargos;
  • donativos no deducibles;
  • liberalidades;
  • gastos sin factura;
  • gastos personales de socios;
  • comidas sin justificación;
  • vehículos no afectos;
  • facturas incompletas;
  • operaciones con partes vinculadas;
  • retribuciones de administradores mal documentadas.

Ejemplo práctico

Una sociedad paga gastos personales de un socio con la tarjeta de empresa. Aunque estén contabilizados, no tienen por qué ser deducibles. Además, pueden generar problemas adicionales si se consideran retribución, préstamo o disposición irregular de fondos.

En Servicentro, como asesoría fiscal para sociedades en Sevilla, insistimos mucho en este punto: deducir más no siempre significa hacerlo mejor. Lo importante es deducir correctamente y poder justificarlo.

¿Cómo deben revisarse las amortizaciones?

Las amortizaciones permiten reflejar la pérdida de valor de los bienes de inversión de la empresa: maquinaria, mobiliario, equipos informáticos, vehículos, instalaciones, herramientas o aplicaciones informáticas, entre otros.

El error habitual es tratar como gasto inmediato algo que debe amortizarse o, al contrario, amortizar mal un bien que debería seguir un criterio diferente.

¿Qué debe revisar una sociedad?

Antes de presentar el impuesto, conviene comprobar:

  • inventario de inmovilizado;
  • fecha de adquisición;
  • valor de compra;
  • porcentaje de amortización aplicado;
  • amortización acumulada;
  • bajas de activos;
  • ventas de inmovilizado;
  • posibles incentivos fiscales;
  • coherencia entre contabilidad y fiscalidad.

La AEAT ofrece ejemplos sobre correcciones temporarias vinculadas a amortizaciones, donde se muestra cómo una diferencia entre amortización contable y fiscal puede generar ajustes en ejercicios posteriores.

Ejemplo práctico

Una empresa aplica una amortización acelerada fiscalmente, pero contablemente amortiza a otro ritmo. Esa diferencia puede generar ajustes positivos o negativos y reversión en ejercicios futuros.

Si no se lleva control, el problema no aparece solo este año: se arrastra a los siguientes.

¿Qué pasa con las bases imponibles negativas?

Las bases imponibles negativas son pérdidas fiscales de ejercicios anteriores que pueden compensarse con beneficios futuros, dentro de los límites y requisitos aplicables.

Para muchas sociedades, este punto es muy importante. Una empresa pudo tener pérdidas en años anteriores y obtener beneficios en 2025. Si tiene bases imponibles negativas pendientes, puede compensarlas y reducir la base imponible.

¿Qué debe revisarse?

Conviene comprobar:

  • importe pendiente de compensar;
  • ejercicio de origen;
  • documentación justificativa;
  • límites aplicables;
  • si la base negativa está correctamente declarada;
  • coherencia con modelos anteriores;
  • posibles comprobaciones pendientes.

Ejemplo práctico

Una sociedad tuvo una pérdida fiscal de 20.000 euros en 2023 y beneficio fiscal de 15.000 euros en 2025. Si cumple requisitos, podría compensar parte de esa base negativa y reducir la tributación del ejercicio.

Ahora bien, no basta con “recordar” que hubo pérdidas. Deben estar correctamente declaradas y documentadas.

¿Qué pagos fraccionados deben revisarse?

Las sociedades pueden estar obligadas a realizar pagos fraccionados mediante el Modelo 202. La Agencia Tributaria recoge el Modelo 202 como pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y publica instrucciones específicas para su presentación.

Estos pagos son anticipos del impuesto anual. Por tanto, al preparar el Modelo 200 hay que revisar lo ya pagado durante el ejercicio.

¿Qué errores son habituales?

  • no tener en cuenta pagos ya realizados;
  • contabilizarlos incorrectamente;
  • no cuadrar importes con AEAT;
  • olvidar pagos fraccionados en tesorería;
  • calcular mal la previsión anual;
  • no revisar si el sistema de cálculo era el correcto.

Ejemplo práctico

Una sociedad ha realizado pagos fraccionados durante 2025. Si al presentar Sociedades no se reflejan correctamente, puede pagar más de lo que corresponde o generar descuadres con Hacienda.

Una buena asesoría fiscal para sociedades en Sevilla revisa no solo el impuesto final, sino también los pagos ya adelantados.

¿Qué errores habituales deben evitar las empresas?

Estos son algunos de los errores más frecuentes en el Impuesto sobre Sociedades:

  • preparar el impuesto en julio sin revisión previa;
  • tener contabilidad incompleta;
  • no revisar facturas pendientes;
  • deducir gastos no deducibles;
  • no documentar operaciones con socios;
  • olvidar amortizaciones;
  • no compensar bases imponibles negativas;
  • no revisar pagos fraccionados;
  • mezclar gastos personales y empresariales;
  • no preparar cuentas anuales correctamente;
  • no revisar diferencias contables y fiscales;
  • no prever el impacto en tesorería.

El Impuesto sobre Sociedades es una foto fiscal de todo el año. Si la empresa ha trabajado desordenada, julio no arregla milagros. Puede corregir, sí, pero con más esfuerzo y menos margen.

Checklist práctico antes de presentar Sociedades 2025

Antes de preparar el Modelo 200, revisa esto:

  • ¿Está cerrada la contabilidad de 2025?
  • ¿Cuadran bancos, clientes y proveedores?
  • ¿Están todas las facturas emitidas y recibidas?
  • ¿Hay facturas pendientes de recibir?
  • ¿Se han revisado periodificaciones?
  • ¿Está actualizado el inmovilizado?
  • ¿Se han calculado correctamente amortizaciones?
  • ¿Hay gastos no deducibles contabilizados?
  • ¿Existen operaciones con socios o administradores?
  • ¿Se han revisado retribuciones de administradores?
  • ¿Hay bases imponibles negativas pendientes?
  • ¿Se han tenido en cuenta pagos fraccionados?
  • ¿Hay subvenciones que imputar?
  • ¿Se han revisado gastos financieros?
  • ¿Está preparada la previsión de tesorería?
  • ¿Se han revisado las cuentas anuales?
  • ¿Una asesoría fiscal para sociedades en Sevilla ha comprobado el cierre?

Este checklist no sustituye una revisión profesional, pero ayuda a detectar si la empresa llega a julio con todo preparado o con demasiados cabos sueltos.

¿Cómo puede ayudar Servicentro a preparar el Impuesto sobre Sociedades?

En Servicentro ayudamos a sociedades, pymes y empresas a preparar el Impuesto sobre Sociedades con una visión completa: contabilidad, fiscalidad, pagos fraccionados, cierres, ajustes y previsión.

Desde nuestra página de asesoría fiscal puedes conocer mejor cómo trabajamos la planificación fiscal, presentación de impuestos, inspecciones, declaraciones y asesoramiento continuado.

También puedes consultar nuestros servicios para sociedades, pymes y gran empresa, especialmente si tu empresa necesita una gestión más completa y estable.

Este artículo conecta también con nuestro contenido anterior sobre planificación fiscal antes del verano, donde explicamos qué debe revisar una pyme antes del cierre del semestre.

asesoría fiscal para sociedades en Sevilla

Preguntas frecuentes sobre el Impuesto sobre Sociedades 2025

¿Cuándo se presenta el Impuesto sobre Sociedades 2025?

La declaración se presenta dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del periodo impositivo. Para sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural, la campaña se sitúa en julio de 2026.

¿Qué modelo se utiliza para presentar el Impuesto sobre Sociedades?

El modelo habitual es el Modelo 200, que se utiliza para la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes en determinados supuestos.

¿Qué son los ajustes extracontables?

Son correcciones que se aplican al resultado contable para calcular la base imponible fiscal. Pueden ser positivos o negativos y estar relacionados con gastos no deducibles, amortizaciones, provisiones u otras diferencias fiscales.

¿Puedo compensar pérdidas de años anteriores?

Sí, si existen bases imponibles negativas pendientes y se cumplen los requisitos aplicables. Es importante revisar que estén correctamente declaradas y documentadas.

¿Por qué conviene revisar el impuesto con una asesoría?

Porque el Impuesto sobre Sociedades no depende solo del beneficio contable. Hay que revisar ajustes fiscales, gastos no deducibles, amortizaciones, pagos fraccionados, bases negativas y documentación. Una revisión profesional puede evitar errores y mejorar la planificación.

Servicentro: prepara Sociedades 2025 con tiempo y criterio

El Impuesto sobre Sociedades no debería prepararse con prisas. Si tu empresa espera a julio para revisar contabilidad, ajustes, amortizaciones, pagos fraccionados y bases imponibles negativas, probablemente llegue tarde o con menos margen del necesario.

En Servicentro, como asesoría fiscal para sociedades en Sevilla, podemos ayudarte a preparar el cierre, revisar documentación, calcular correctamente el impuesto y presentar el Modelo 200 con seguridad.

Si quieres revisar tu caso antes de que llegue julio, contacta con nosotros desde nuestra página de contacto y presupuesto. En fiscalidad empresarial, presentar a tiempo está bien; presentar bien está mucho mejor.

26 mayo, 2026/0 Comentarios/por Servicentro Sergio
https://www.servicioscentralizados.es/wp-content/uploads/2026/05/3167.jpg 667 1000 Servicentro Sergio https://www.servicioscentralizados.es/wp-content/uploads/2023/05/servicentro-logo.svg Servicentro Sergio2026-05-26 07:28:102026-05-26 07:57:40Impuesto sobre Sociedades 2025: ¿qué deben preparar las empresas?
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