10 Casos de modalidades de contratación beneficiosas
Los Servicio Estatales de Empleo ya han actualizado las tipologías de contratos bonificados que pueden beneficiar a pymes y autónomos en España. Y nuestra asesoría laboral en Sevilla ha preparado un estudio sobre los contratos que más benefician a tu empresa.
Esta medida trata de facilitar la contratación por parte de las empresas disminuyendo las cargas relacionadas con los pagos a la Seguridad Social puesto que son uno de los mayores costes que soportan las pymes y autónomos.
Para poder acceder a estos tipos de bonificaciones, es necesario cumplir una serie de condiciones para cada uno de ellos. A continuación analizaremos los diez casos más comunes desde la visión de los expertos de nuestra asesoría laboral en Sevilla:
- Contrato para la formación y aprendizaje para jóvenes menores de 30 años.
- Contrato de nuevos proyectos de emprendimiento joven.
- Contrato en prácticas para menores de 30 años en situación de desempleo o 35 años si son discapacitados.
- Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.
- Contrato de prácticas no laborales.
- Contratación de autónomos a familiares de hasta el segundo grado de consanguinidad.
- Indefinido a trabajadores de una ETT que se hayan beneficiado de un contrato de primer empleo joven.
- Contrato para menores de 30 años inscritos en el SAE que realicen autónomos y micropymes.
- Contrato indefinido para pymes de hasta 50 trabajadores que contrate a desempleados de más de 45 años o a jóvenes de 16 a 30 años.
- Conversión a indefinidos a partir de contratos de prácticas o sustitución por jubilación.
Ahora comenzaremos a comentar las ventajas de cada uno de ellos, que pueden permitir ahorrar hasta unos 1.800 euros anuales.
- El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa, permite una reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes en empresas con menos de 250 trabajadores y del 75% en empresas de igual o superior plantilla. Tiene validez de un año, prorrogable otro más.
- Si un autónomo o micropyme contrata a un menor de 30 inscrito en la oficina de empleo, accederá a una reducción del 100% de la cuota por contingencias comunes, también durante un año.
- En caso de que una pyme de hasta 50 trabajadores quiera contar con formación experimentada de un trabajador en paro mayor de 45 años, te ahorrarás hacer frente cuota empresarial a la Seguridad Social durante un año desde que se formalice el contrato.
- Si contratas como indefinido a un menor de 30 años inscrito en el SAE al cual le has dado inicialmente una formación en prácticas de al menos tres meses (contrato primer empleo joven), durante los tres siguientes años te beneficiarás de un descuento de 500 euros anuales si se trata de un hombre y 700 en caso de ser mujer.
- En los casos de contratos en prácticas comunes, dirigidos a colectivos menores de 30 años o de 35 discapacitados que estén en el paro, con independencia del periodo transcurrido desde la finalización de sus estudios, te rebajarás un 50% de la cuota de contingencias comunes durante todo el tiempo que la relación empleador/empleado esté en vigor.
- Los contratos de prácticas no laborales, podrá ahorrar un 75% de la cuota de contingencias comunes durante la vigencia del contrato.
De los casos de contratación que hemos nombrado en nuestra lista, existe algunos de ellos cuyos beneficios tienen una vigencia de hasta 3 años, siendo estos:
- Contrato indefinidos para los trabajadores de hasta 30 años que hubieran estado contratados por una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) vía contrato eventual. Para esta modalidad, se contempla una rebaja de 500 euros anuales si se incorpora a la plantilla un hombre y 700 en caso de que sea una mujer. Si la conversión es de ETT a modalidad de formación y aprendizaje, esta bonificación crece hasta los 1.500 euros anuales para los hombres y 1.800 en el caso de las mujeres.
- En el caso de las pymes que contraten desempleados de larga duración mayores de 45 años. Éstas oscilan entre los 1.300 y 1.500 euros anuales. Si tienes esta misma tipología de mercantil pero optas por un desempleado de entre 16 y 30 años, te beneficiarás de un ahorro progresivo: asciende a 1.000 euros el primer año de vigencia del contrato; 1.100 el segundo y 1.200 el tercero.
- Además si la pyme decide convertir a indefinidos personal contratado previamente en prácticas por relevo o sustitución de jubilación, se beneficiarán de una rebaja de 500 euros anuales si se ha empleado a un hombre y de 700, caso de ser mujer.
- Para los autónomos que generen empleo entre miembros de su familia hasta el segundo grado de consanguinidad; es decir, nietos, abuelos, cuñados; estarán exentos de abonar la cuota por contingencias comunes durante el primer año de duración del contrato.
Confía en los consejos de nuestra asesoría laboral en Sevilla y consigue un ahorro increíble para tu empresa. Además, si eres empleado, este artículo podrá ayudarte para empaparte de conocimientos sobre tus propios derechos.
Por último, destacar la contratación en la modalidad formativa ya que el ahorro que supone para las empresas supone entre un 40% y 60% respecto a un contrato estándar. Para ello os mostraremos una comparativa aproximada entre ambos casos:
CAMARERO/A | CAMARERO/A (formación 1º año) | |
Salario bruto | 1052,05 € | 789,04 € |
S.S. Empresa | 395 € | 0 € |
Coste total | 1447,05 € | 789,04 € |
DIFERENCIA | 688,01 € | |
AHORRO DE 45,5 % |
Además, los profesionales autónomos pueden contratar para la formación a sus hijos menores de 30 años o a un familiar que no esté a su cargo y seguir bonificándose el 100% de las cuotas a la Seguridad Social. Y podrán compaginarlo todo con los beneficios de la tarifa plana para autónomos.
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