La guía fiscal definitiva del IRPF, ¿cómo tributar cada detalle? 📑
En Servicentro llevamos más de tres décadas ayudando a personas y empresas a pagar solo lo justo. Y como asesoría fiscal en Sevilla, hemos preparado esta guía para que afrontes la próxima Renta con claridad: qué ingresa en tu base imponible, qué puede quedar exento y qué decisiones conviene tomar antes de que cierre el año.
Aquí tienes los puntos clave —con norma en la mano— y recomendaciones prácticas para optimizar tu IRPF sin sobresaltos.
1) Tu “domicilio fiscal” manda (y no solo para la Renta)
Lo primero: la comunidad autónoma donde resides más días del año determina parte de tu tributación (tramos y deducciones autonómicas). La Ley del IRPF (art. 72) fija el criterio del mayor número de días y prevé reglas anti-cambio “exprés” de residencia para evitar traslados ficticios. Si cambias de comunidad, Hacienda puede no reconocer efectos si entiende que el traslado busca solo pagar menos impuestos. Planifica con tiempo y guarda evidencias de tu residencia real (contratos, consumos, empadronamiento).
Como asesoría fiscal en Sevilla, revisamos contigo este punto porque impacta en deducciones, mínimos autonómicos y, por supuesto, en la optimización legal de tu factura final.
2) Rendimientos del trabajo: lo que sí y lo que no
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Gastos deducibles “cerrados”: el artículo 19 LIRPF establece una lista tasada (p. ej., cotizaciones, defensa jurídica hasta 300 €, colegiación obligatoria con límite, reducción general de 2.000 € y supuestos de movilidad geográfica o discapacidad). Si no está en esa lista, no es gasto deducible del trabajador. Esto incluye, en general, costes de teletrabajo asumidos por el empleado.
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Dietas y viajes: están exentas si cumplen requisitos y límites del Reglamento (art. 9). En locomoción con vehículo propio, la cuantía exenta es 0,26 €/km, más peajes y aparcamientos justificados. En manutención, con pernocta: 53,34 €/día en España y 91,35 € en el extranjero; sin pernocta: 26,67 € y 48,08 € respectivamente. Documenta trayectos, fechas y motivo profesional.
Como asesoría fiscal en Sevilla, te ayudamos a armar la trazabilidad (nómina con desglose, partes de desplazamiento, justificantes) para que lo exento lo sea de verdad ante un requerimiento.

3) Retribución flexible bien diseñada: ahorra sin riesgo
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Comidas (vales/cheques restaurante): exentos hasta 11 €/día si cumples condiciones (medios electrónicos nominativos, uso en hostelería, sin canje en efectivo ni acumulaciones indebidas). Es una forma clásica de optimizar salario sin elevar IRPF.
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Transporte colectivo: la empresa puede entregar tarjetas o documentos de transporte exentos hasta 1.500 €/año por trabajador (no canjeables por dinero). Útil para plantillas que se desplazan a diario.
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Seguro médico: primas satisfechas por la empresa exentas hasta 500 € por persona (trabajador, cónyuge e hijos); 1.500 € si hay discapacidad. Atención al diseño contractual para que sea retribución en especie exenta, no dineraria.
Estas tres palancas, bien implantadas, generan ahorro inmediato sin merma de neto para el empleado ni riesgos para la empresa. Si necesitas un plan de retribución flexible, como asesoría fiscal en Sevilla lo enfocamos caso a caso y dejamos huella documental impecable.
4) Indemnizaciones por despido: cuándo aplican los 180.000 € exentos
Las indemnizaciones por despido o cese están exentas en la cuantía obligatoria según Estatuto de los Trabajadores y con límite máximo de 180.000 € (para despidos desde el 1-8-2014). El exceso tributa como rendimientos del trabajo. Es crucial cumplir requisitos de desvinculación real y evitar pactos que desvirtúen la exención.
Si vas a reestructurar plantilla, llámanos. Como asesoría fiscal en Sevilla analizamos indemnizaciones, calendarios de pago (pago único vs. fraccionado) y, junto con Laboral, prevenimos sobrecostes fiscales por errores formales.
5) Planes de pensiones y previsión social: límites actuales
Para 2025/2026 se mantiene el esquema general:
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Aportación individual: 1.500 € de reducción anual en la base general.
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Incremento adicional: hasta 8.500 € más si procede de contribuciones empresariales a sistemas de empleo (o aportaciones del trabajador al mismo instrumento en los términos del art. 52 LIRPF).
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Límite conjunto: la menor de 30% de rendimientos netos del trabajo/actividad y los topes monetarios anteriores.
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Autónomos: además, existen vías sectoriales/planes de empleo simplificados con tratamiento específico (consúltanos tu caso).
Consejo Servicentro: no apures a diciembre. Programar aportaciones y revisar si tu empresa puede cofinanciar un plan de empleo suele multiplicar el ahorro. Como asesoría fiscal en Sevilla, te montamos una simulación comparativa por escenarios.
6) Teletrabajo: cómo evitar sustos
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Equipos y medios de la empresa (portátil, monitor, móvil corporativo) no constituyen renta para el empleado si son necesarios para el desempeño y titularidad/uso están correctamente documentados.
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Compensaciones dinerarias por gastos (luz, internet…) suelen tributar como rendimiento del trabajo salvo estructura y justificativos muy precisos. La carga de la prueba es clave; si la empresa reembolsa, documenta el gasto concreto y su necesidad laboral. Además, recuerda que el trabajador no puede deducirse libremente “gastos de teletrabajo” fuera de los supuestos tasados del art. 19 LIRPF.
¿Dudas sobre cómo articular tu política de teletrabajo? Como asesoría fiscal en Sevilla coordinamos el enfoque Fiscal-Laboral para que la política interna, la nómina y la normativa de PRL vayan alineadas.
7) Checklist exprés para cerrar el año con buen pie
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Revisa tu residencia (días reales y pruebas). Cambios de CCAA mal planteados pueden no surtir efecto.
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Clasifica tus retribuciones: estudia si puedes virar a retribución flexible (comida, transporte, seguro de salud) cumpliendo requisitos formales.
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Dietas: aplica 0,26 €/km y límites de manutención solo con soporte documental y motivo laboral.
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Indemnizaciones: si prevés extinciones, planifica antes de comunicar. Verifica si aplica exención y el tope de 180.000 €.
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Pensiones: decide aportaciones antes del 31/12 y valora aportación empresarial para ampliar el techo de reducción.

8) ¿Por qué hacerlo con Servicentro?
Porque como asesoría fiscal en Sevilla combinamos criterio técnico (norma y doctrina actualizada) con operativa diaria (nómina, contratos, justificantes, apps de gastos). Traducimos la ley a procedimientos que resisten una comprobación y, sobre todo, que maximizan tu ahorro dentro de la norma.
Si diriges una pyme, eres autónomo o asalariado con retribución variable, en asesoría fiscal en Sevilla diseñamos tu calendario fiscal anual, auditamos tu nómina y, si procede, implantamos un plan de retribución flexible a medida. Y si estás pensando en un cambio de comunidad, un despido o una indemnización, en asesoría fiscal en Sevilla te damos una hoja de ruta cerrada antes de mover ficha.
¿Lo vemos sobre tu caso?
Pide una revisión exprés de tu situación y te decimos:
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qué parte puedes dejar exenta,
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qué mejoras aplicar en nómina/beneficios,
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y cuánto puedes ahorrar legalmente este ejercicio.
En Servicentro, tu asesoría fiscal en Sevilla, hacemos que el IRPF deje de ser un susto… y se convierta en una ventaja.



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