Campaña RENTA 2025, novedades en las deducciones
Desde Servicentro lo decimos cada año: el borrador de Hacienda no es una sentencia divina, es solo un punto de partida. La Agencia Tributaria cruza mucha información, sí, pero no conoce al detalle tu situación personal, tus deducciones autonómicas, tus cambios familiares, tus inversiones o determinados gastos que pueden alterar el resultado final. Por eso, para muchas personas, hacer la declaración de la renta en Sevilla con apoyo profesional no es un gasto, sino una decisión rentable.
Cada campaña de la renta trae lo mismo: prisas, dudas, borradores que parecen correctos… y un buen puñado de contribuyentes que, por confiarse, acaban pagando de más o dejando dinero sobre la mesa. La Campaña de Renta 2025 arranca el 8 de abril de 2026 y termina el 30 de junio de 2026. La presentación por teléfono empieza el 6 de mayo y la atención presencial, el 1 de junio; además, si el resultado es a ingresar y quieres domiciliar el pago, la fecha límite es el 25 de junio.
En este artículo repasamos las novedades más interesantes en deducciones y obligaciones de la campaña 2025, qué conviene revisar con lupa y por qué contar con una gestoría puede marcar una diferencia real en el resultado.

La primera novedad: la campaña ya está aquí, pero el borrador no siempre te favorece
La Agencia Tributaria permite presentar la declaración desde el 8 de abril por Internet, y también ofrece atención telefónica y presencial con cita previa en las fechas ya comentadas.
Hasta aquí, nada raro. Lo importante viene después: confirmar el borrador sin revisarlo a fondo puede hacerte perder deducciones estatales y autonómicas que no siempre vienen bien aplicadas o suficientemente contrastadas. Esta es una de las razones por las que muchas personas prefieren hacer la declaración de la renta en Sevilla acompañadas de una gestoría que revise cada caso con calma y criterio.
La deducción “estrella” del año: hasta 340 euros para rentas bajas y perceptores del SMI
Una de las novedades más comentadas de esta campaña es la deducción de hasta 340 euros ligada a rentas bajas, incluida la situación de quienes cobran el Salario Mínimo Interprofesional. Varios medios han recogido que esta deducción busca compensar las retenciones soportadas por estos contribuyentes tras la subida del SMI, tomando como referencia rentas inferiores a 16.576 euros.
Este punto es importante por dos motivos. Primero, porque puede beneficiar a mucha gente que normalmente no presta demasiada atención a la renta. Y segundo, porque para aplicarla bien hay que revisar si realmente se cumplen los requisitos y cómo encaja con el resto de la declaración.
Aquí vuelve a entrar en juego la importancia de hacer la declaración de la renta en Sevilla con alguien que no se limite a “aceptar el borrador”, sino que compruebe si esa deducción está bien reflejada y si hay otras compatibles que puedan mejorar todavía más el resultado.
Desempleo: se aclara el panorama y no todos los parados están obligados a declarar
Otra de las cuestiones que más dudas genera cada año es la del paro. En esta campaña, la referencia general sigue siendo la de los 22.000 euros anuales cuando hay un solo pagador, y 15.876 euros cuando existen dos o más pagadores en determinados supuestos. La propia Agencia Tributaria recoge estos límites en su cuadro resumen de contribuyentes no obligados a declarar.
Además, medios de alcance nacional han aclarado que las personas desempleadas no están obligadas a presentar la renta solo por cobrar el paro, salvo que superen esos límites generales.
¿Dónde se complica esto? En cuanto aparece un segundo pagador, una indemnización, un subsidio, un pago atrasado o una situación mixta. Ahí es donde una consulta rápida puede evitar un error tonto. Por eso, si tienes dudas con tu prestación, tus retenciones o tu obligación de declarar, lo más sensato es hacer la declaración de la renta en Sevilla con una revisión previa profesional.
Ojo con el IMV: aquí sí hay obligación de presentar
Conviene no mezclar desempleo con Ingreso Mínimo Vital. Las personas beneficiarias del IMV sí deben presentar declaración, aunque en la mayoría de los casos no implique pagar impuestos. Esa obligación se extiende también a los miembros de la unidad de convivencia, según la normativa vigente y las explicaciones difundidas en esta campaña.
Es un caso clásico en el que mucha gente asume que “como no pago, no presento”, y no siempre es así. Otro motivo más para hacer la declaración de la renta en Sevilla con una gestoría que te diga exactamente qué te toca hacer y qué no.
Deducciones que conviene revisar con lupa: coche eléctrico, recarga y eficiencia energética
Además de la deducción para rentas bajas, esta campaña mantiene o arrastra deducciones que pueden ser muy valiosas si encajan con tu caso.
Vehículos eléctricos y puntos de recarga
La Agencia Tributaria mantiene información específica sobre la deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y por la instalación de puntos de recarga.
Obras de eficiencia energética
También siguen siendo relevantes las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, aplicables a cantidades invertidas hasta el 31 de diciembre de 2025, siempre que se cumplan los requisitos y certificados energéticos exigidos.
Estas deducciones son de las que más dinero mueven y, al mismo tiempo, de las que más errores generan por no revisar bien fechas, certificados, porcentajes o titularidades. Si has hecho obras, instalado un cargador o comprado un vehículo eléctrico, merece mucho la pena hacer la declaración de la renta en Sevilla con una revisión seria, porque aquí un pequeño detalle documental puede cambiarlo todo.
Familias, maternidad y cargas familiares: todavía hay mucho dinero que se escapa
Las deducciones por maternidad, familia numerosa y personas con discapacidad a cargo siguen siendo fundamentales. La AEAT mantiene su guía específica sobre estas deducciones en cuota, y recuerda que pueden minorar el importe a pagar o aumentar la devolución.
Además, la deducción por familia numerosa mantiene un importe máximo general de 1.200 euros anuales, que puede incrementarse en el caso de familias numerosas de categoría especial.
A esto hay que añadir las posibles deducciones autonómicas, que en muchos casos no aparecen “masticadas” en el borrador y requieren revisar situación familiar, residencia, gastos y documentación. Aquí es donde una gestoría suele recuperar importes que el contribuyente no sabía ni que podía aplicar.

Las deducciones autonómicas: el gran cajón donde suele haber dinero olvidado
La propia Agencia Tributaria publica una Guía de deducciones autonómicas del IRPF en el ejercicio 2025, donde se recogen los beneficios fiscales por comunidad autónoma.
Y este punto es clave. Porque una cosa es la renta estatal y otra la parte autonómica, que puede incluir deducciones muy variadas según la comunidad: vivienda, hijos, gastos educativos, determinadas situaciones familiares, discapacidad, nacimiento, alquiler, etc.
Por eso, cuando alguien nos dice “yo ya he mirado el borrador y parece que está bien”, nuestra respuesta suele ser la misma: “vale, pero ¿has revisado la parte autonómica con calma?”.
En muchos casos, la mejor forma de hacer la declaración de la renta en Sevilla no es correr a confirmar lo primero que sale, sino sentarse con un profesional que sepa dónde buscar y qué preguntar.
El borrador no lo sabe todo: casos donde más fallos vemos
En Servicentro, cuando revisamos declaraciones, hay varios patrones que se repiten muchísimo:
- Contribuyentes que no revisan bien retenciones en nómina o pensión.
- Autónomos que mezclan mal su información o no contrastan gastos y rendimientos con detalle.
- Personas que se olvidan de ganancias o pérdidas patrimoniales por acciones, fondos o inmuebles.
- Familias que no aplican bien deducciones por hijos, discapacidad o maternidad.
- Contribuyentes que ignoran por completo las deducciones autonómicas.
- Declaraciones con cambios civiles o familiares no actualizados.
Todo esto tiene una traducción muy simple: dinero. A veces son 80 euros. A veces 300. A veces más. Y ahí es donde entendemos que hacer la declaración de la renta en Sevilla con una gestoría no solo da tranquilidad: también puede salirte muy rentable.
¿Cuándo compensa ir a una gestoría?
Nuestra opinión es clara: casi siempre que haya algo más que una nómina simple y estable.
Te recomendamos consultar especialmente si:
- Tienes dos pagadores o has estado en paro parte del año.
- Eres autónomo.
- Has vendido acciones, fondos, criptomonedas o inmuebles.
- Has hecho obras de eficiencia energética.
- Has comprado coche eléctrico o instalado punto de recarga.
- Tienes hijos, discapacidad o situaciones familiares complejas.
- Vives de alquiler o tienes vivienda alquilada.
- Simplemente no quieres confirmar algo sin entenderlo bien.
Porque sí, puedes presentar tu declaración tú solo. Pero igual que puedes cortarte el pelo en casa con un vídeo de YouTube… el resultado puede no ser el ideal.
Nuestra recomendación final
La Campaña Renta 2025 trae novedades interesantes, especialmente en deducciones y en algunos supuestos de obligación de declarar. La campaña comienza el 8 de abril y acaba el 30 de junio, así que hay margen, pero no conviene dormirse.
Si tu situación fiscal es sencilla, quizá el borrador te sirva como base. Pero si hay cualquier matiz, cualquier deducción relevante o cualquier duda, lo más inteligente es dejarse acompañar. En muchísimos casos, hacer la declaración de la renta en Sevilla con ayuda profesional termina compensando: por ahorro, por seguridad y por tranquilidad.
En Servicentro revisamos cada caso con una idea muy simple: que no pagues de más, que no dejes deducciones sin aplicar y que presentes tu renta con la seguridad de que alguien ha mirado lo que Hacienda no siempre ve bien a la primera.
Si este año quieres hacer la declaración de la renta en Sevilla con criterio, acompañamiento y una revisión real de tu situación, aquí estamos. Porque una buena campaña de renta no consiste en correr: consiste en revisar bien.


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