Cumple con el calendario fiscal 2026 🗓️
Si diriges una pyme o eres autónomo, sabes que Hacienda no perdona los plazos. En nuestra asesoría fiscal en Sevilla llevamos años evitando sustos (y sanciones) a empresas de todos los tamaños.
Por eso hemos preparado esta guía práctica —actualizada con el Calendario del Contribuyente 2026— para que tengas claro qué presentar, cuándo y cómo planificar caja y documentación sin drama.
Spoiler: hay matices importantes en IVA (modelo 390), SII y facturación Veri*Factu que debes conocer para 2026.
1) Fechas clave 2026: qué cae cada mes (y por qué)
Enero
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Retenciones e IVA 4T 2025: modelos 111, 115 y 303 (trimestrales) y 349 si haces operaciones intracomunitarias. El calendario oficial sitúa el primer gran vencimiento hasta el 20 de enero para las autoliquidaciones periódicas. Si domicilitas, el límite de cargo en cuenta suele adelantarse (habitualmente hasta el día 15 para obligaciones con vencimiento el 20). Compruébalo siempre en la tabla de domiciliaciones de la AEAT.
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Resúmenes anuales: 190 (retenciones de trabajo y profesionales) y, solo si te aplica, el 390 (resumen anual de IVA) en enero. Ojo: muchos contribuyentes están exonerados del 390 (SII, simplificado/arrendamientos en régimen común declarándolo en el 303 del 4º periodo).
Febrero
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Modelo 184 (entidades en atribución de rentas). En 2026 el límite general aparece en los primeros días de febrero según el calendario mensual oficial.
Marzo
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Modelo 347 (operaciones con terceros +3.005,06 €): plazo hasta el 2 de marzo de 2026 (el límite se desplaza por calendario). Revísalo si operas con proveedores/clientes de volumen.
Abril
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Arranca 1T 2026: 111, 115, 130/131, 303 y, si procede, 349. Plazo ordinario hasta el 20 de abril (ojo con la domiciliación: suele cerrarse varios días antes). Además, comienza campaña de IRPF 2025.
Julio
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Impuesto sobre Sociedades (modelo 200): con ejercicio natural, del 1 al 25 de julio (regla general: 25 días naturales posteriores a los 6 meses del cierre). Prepara bien cuentas anuales, ajustes y deducciones.
Octubre
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3T 2026: otra ronda de 111, 115, 130/131, 303 y 349 hasta el 20 de octubre (mismo aviso de domiciliar con antelación).
Diciembre
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Cierre fiscal: amortizaciones, provisiones, incentivos, regularizaciones de IVA, ifrs/pgc impactos… Todo lo que optimiza tu tipo efectivo se decide antes del 31 de diciembre.
Consejo de oro: si sueles domiciliar impuestos, anota dos fechas: la de presentación y la de domiciliación bancaria (que no es la misma). Evita rechazos por límite vencido.

2) IVA 2026: 303, 349 y el “eterno” 390
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Modelo 303 (IVA): mensual o trimestral según tu situación.
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Modelo 349: mensual o trimestral si haces intra-UE.
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Modelo 390: no todos lo presentan. Están exonerados quienes tributan solo en territorio común y están en simplificado y/o arrendamientos de inmuebles urbanos, y quienes están en SII; en esos casos, se completa el 4º periodo del 303 con las casillas de resumen anual. Revisa tu caso antes de preparar un 390 “por inercia”.
3) SII y Verifactu en 2026: qué cambia (y qué no)
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SII (Suministro Inmediato de Información): obligatorio para REDEME, grandes empresas (facturación > 6.010.121,04 €) y grupos de IVA (con periodo mensual). Si dejas de ser gran empresa y no estás en REDEME ni en grupo, dejas SII. También puedes acogerte voluntariamente si te interesa.
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Sistemas de facturación Veri*Factu (RD 1007/2023): el Gobierno ha ampliado los plazos de adaptación.
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Entidades del Impuesto sobre Sociedades: antes del 1 de enero de 2027.
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Resto de obligados tributarios: antes del 1 de julio de 2027.
Planea 2026 como año de preparación (software, flujos, controles) y evita carreras de última hora.
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4) Checklist por trimestres (para no perderte)
Cada trimestre (Enero/Abril/Julio/Octubre)
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Conciliación bancaria y caja: verifica cobros/pagos y soportes.
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IVA: revisa prorrata, rectificaciones de facturas y operaciones no habituales (entregas de inmovilizado, inversiones del sujeto pasivo, etc.).
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Retenciones (111/115): comprueba bases, tipos (trabajo, profesionales, alquileres) y NIF del perceptor.
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Domiciliación: si vas a domiciliar, agenda el límite específico de AEAT (no esperes al 20).
Julio (Sociedades)
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Modelo 200:
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Revisa compensación de bases negativas, deducción por I+D+i, bonificaciones y límites.
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Cuadra memoria y cuentas anuales con tu base imponible.
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Confirma si tu periodo impositivo no es natural (la regla de los 6 meses + 25 días se aplica a tu cierre).
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Diciembre (Cierre)
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Ajustes fin de año: amortizaciones aceleradas, provisiones razonables, criterios de devengo, regulariza existencias y criterios de deterioro.
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Planifica retribución flexible (seguro médico, transporte, cheques restaurante) y previsión de retenciones del equipo para evitar sorpresas en 2026/2027.
5) Errores típicos que vemos (y cómo los evitamos)
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Confundir fecha de presentación con fecha de domiciliación: provoca devoluciones del banco y recargos. (Solución: doble checklist de plazos).
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Presentar un 390 innecesario o, al revés, olvidarlo cuando sí corresponde. (Solución: revisar exoneración en función del régimen y SII).
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No cuadrar resúmenes anuales (190/390/347) con lo declarado durante el año: saltan inconsistencias. (Solución: conciliación previa de bases y perceptores).
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Desatender SII (si estás obligado) o no valorar el alta voluntaria cuando te aporta control y rapidez de devoluciones. (Solución: análisis coste/beneficio y flujos contables).
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Posponer Veri*Factu: aunque el límite se ha movido a 2027, implantarlo bien requiere meses (software, procesos, formación). (Solución: hoja de ruta 2026 con pilotajes).

6) Cómo te ayudamos a llegar “a tiempo y a la primera”
Como asesoría fiscal en Sevilla, nuestra forma de trabajar es muy clara:
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Calendario vivo: te integramos en un cronograma 2026 con alertas de presentación y de domiciliación (sí, ambas).
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Cuadre 360º: conciliamos mensual/trimestral con resúmenes y 347, evitando incoherencias.
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SII & Veri*Factu: diagnóstico de obligación SII y plan de adaptación a Veri*Factu con tu proveedor de software.
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Optimización: cerramos Sociedades con una revisión de deducciones y límites para reducir el tipo efectivo dentro de la norma.
7) Guárdate estas notas rápidas 📌
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20 es la fecha “clásica” de muchos modelos periódicos (111, 115, 303, 349)… pero domiciliar no llega al 20. Revísalo cada periodo.
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347 en 2026: hasta el 2 de marzo. No lo dejes para el último día.
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Sociedades (200): con ejercicio natural, 1–25 de julio; si no, 6 meses + 25 días tras tu cierre.
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390: verifica exoneración si estás en SII o en simplificado/arrendamientos (declarando el resumen en el 303 del último periodo).
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Veri*Factu: plazos legales movidos a 2027. 2026 es el año de preparar.
¿Hacemos que 2026 sea tranquilo (fiscalmente)?
En nuestra asesoría fiscal en Sevilla trabajamos con pymes y autónomos que necesitan certeza y cero sobresaltos. Si quieres un calendario 2026 personalizado, auditoría exprés de SII/Veri*Factu y un cierre que optimice sin riesgos, estamos a un mensaje.
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